NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (12/09/2022)
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7 NORMAS LEGALES Lunes 12 de setiembre de 2022 El Peruano / y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores; Que, a través del Decreto Legislativos N° 1501 del 10 de mayo de 2020 se aprueba modi fi caciones a la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, ante la necesidad de medidas que coadyuven a prevenir o evitar la propagación del COVID-19, atendiendo a la Emergencia Sanitaria declarada mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-SA y al Estado de Emergencia Nacional declarado por Decreto Supremo N° 044-2020-PCM; llevando asimismo, a que por el Decreto Supremo N° 001-2022-MINAM se modi fi que el Reglamento del Decreto Legislativo 1278, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, y el Reglamento de la Ley N° 29419, Ley que regula la actividad de los recicladores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM; Que, mediante Resolución Jefatural N° 478-2005-J-OPD/INS de fecha 25 de agosto de 2005, el Instituto Nacional de Salud, aprueba el documento normativo MAN-INS-001 “Manual de Bioseguridad en el Laboratorio de Ensayos, Biomédicos y Clínicos”, Serie de Normas Técnicas N° 18, 3ª Edición, en el cual se contemplan, normas y medidas de bioseguridad para la protección del medio ambiente, personal y muestras frente a los riesgos derivados del uso de sustancias químicas, agentes físicos y manejo de material biológico; Que, el literal h) del artículo 16 del Reglamento del Comité de Bioseguridad y Biocustodia del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Resolución Jefatural N° 013-2018-J-OPE/INS, establece entre las funciones de dicho Comité, el revisar y actualizar el Manual cada cinco (05) años, de ser necesario; Que, a través de los informes del visto; el Comité de Bioseguridad y Biocustodia del Instituto Nacional de Salud, en el marco de sus funciones, y atendiendo a la normativa vigente y modi fi catorias con implicancia en las prácticas o técnicas de Bioseguridad y Biocustodia, así como, a la identi fi cación de nuevos patógenos emergentes que generan epidemias y pandemias, empleo de sustancias químicas en los laboratorios, liberación de agentes microbiológicos y toxinas, con cambios en la dinámica para aplicar medidas de Bioseguridad y Biocustodia, cuya base es la evaluación del riesgo, ha sustentado la propuesta del documento denominado “Manual de Bioseguridad y Biocustodia del Instituto Nacional de Salud”, para reemplazar el “Manual de Bioseguridad en el Laboratorio de Ensayos, Biomédicos y Clínicos (MAN-INS-001); asimismo, la O fi cina General de Asesoría Técnica, ha emitido opinión favorable de la revisión formal de la propuesta haciendo suyo el informe emitido por la Ofi cina Ejecutiva de Organización, y la O fi cina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión sobre la viabilidad legal de la propuesta; Que, este documento tiene como objetivo establecer normas, medidas y recomendaciones en bioseguridad y biocustodia, aplicable a nivel nacional a los laboratorios, áreas de apoyo, áreas de experimentación animal, bioterios donde se manipule, almacene, transporte o realice la disposición fi nal de materiales peligrosos; Que, en mérito a lo señalado, resulta pertinente aprobar el Manual de Bioseguridad y Biocustodia del Instituto Nacional de Salud” dejando sin efecto el “Manual de Bioseguridad en Laboratorios de Ensayos, Biomédicos y Clínicos” (MAN-INS-001), aprobado por Resolución Jefatural N° 478-205-J-OPD/INS, de conformidad a lo señalado en el numeral 6.3.1 de la Directiva N° 001-INS/OGAT-V.04, Directiva para la Plani fi cación, Elaboración, Revisión, aprobación, Difusión y Actualización de los Documentos del Sistema de Gestión del Instituto Nacional de Salud”, aprobada por Resolución Jefatural N° 175-2013-J-OPE/INS, el cual establece que todo Documento de Sistema de Gestión (DSG) que es actualizado deja sin efecto la versión o edición preliminar; Con los visados de la Presidenta del Comité de Bioseguridad y Biocustodia del Instituto Nacional de Salud; del Director Ejecutivo de la O fi cina Ejecutiva de Organización; de los Directores Generales de la O fi cina General de Asesoría Técnica y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; en el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud; y, en uso de las atribuciones establecidas en el inciso h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Aprobar, el documento denominado “Manual de Bioseguridad y Biocustodia del Instituto Nacional de Salud”, que como anexo forma parte de la presente Resolución Jefatural, aplicable a nivel nacional, a los laboratorios, áreas de apoyo, áreas de experimentación animal, bioterios donde se manipule, almacene, transporte o realice la disposición fi nal de materiales peligrosos. Artículo 2 .-. Dejar sin efecto, la Resolución Jefatural N° 478-2005-J-OPD/INS de fecha 25 de agosto de 2005, que aprueba el documento “Manual de Bioseguridad en Laboratorios de Ensayos, Biomédicos y Clínicos (MAN-INS-001). Articulo 3.- Encargar, a los Directores Generales, dentro del ámbito de su competencia, la difusión e implementación de las disposiciones establecidas en el documento denominado “Manual de Bioseguridad y Biocustodia del Instituto nacional de Salud”. Artículo 4 .- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial “El Peruano” y encargar a la O fi cina Ejecutiva de Organización la publicación de la Resolución Jefatural y del documento anexo en el portal web del Instituto Nacional de Salud (www.ins.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR JAVIER SUAREZ MORENO Jefe 2103875-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Aprueban las Especificaciones Técnicas de seguridad, accesibilidad, comodidad y fabricación de buses eléctricos híbridos para prestar el Servicio Público de Transporte Regular de Personas basado en autobuses en Lima y Callao RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 015-2022-ATU/DIR Lima, 7 de setiembre de 2022 VISTO: El Informe N° D-000427-2022-ATU/DIR-SR CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) – en adelante Ley de creación de la ATU -, tiene por objeto garantizar el funcionamiento de un Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao que permita satisfacer las necesidades de