NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 160
TEXTO PAGINA: 153
153 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de setiembre de 2022 El Peruano / - Representante de la Defensoría del Pueblo de Ucayali. - Representante de la Prefectura de Ucayali.- Representante de la Organización Regional AIDESEP Ucayali – ORAU. - Representante de la Organización Regional de Nacionalidades Amazónicas de Ucayali – ORNAU. Artículo Cuarto.- DISPENSAR a la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo de los Pueblos Indígenas la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “ El Peruano ”, en un diario de mayor circulación local y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación y ejecución de acuerdo y conforme a ley. En la Sede del Consejo Regional de Ucayali, a los quince del mes de junio del Dos mil veinte y dos. LAND BARBARÁN LA TORRE PresidenteConsejo Regional POR LO TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 4 días del mes de julio de 2022. ANGEL LUIS GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ´ Gobernador Regional (P) 2090101-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Convocan a vecinos del distrito de Breña a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2022-MDB Breña, 8 de septiembre de 2022EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑAVISTO:El Informe Nº 114-2022-MDB/OPP de fecha 06 de septiembre de 2022 de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Proveído Nº 1395-2022-GM-MDB de fecha 08 de septiembre de 2022 de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;Que, el numeral 36) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modi fi cado mediante Ley Nº 31433, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 06 de marzo de 2022, el cual señala que, es una atribución del Alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local; Que, asimismo, la Ley Nº 31433 incorpora a la Ley Nº 27972, el artículo 119- A, estableciendo que, las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal; Que, mediante Informe Nº 114-2022-MDB/OPP de fecha 06 de septiembre de 2022, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la propuesta de convocar a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Breña, correspondiente al mes de septiembre de 2022; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, el artículo 39º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a los vecinos del distrito de Breña a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de esta Municipalidad, para el día 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022, A HORAS 12:00 P.M. a llevarse a cabo en forma virtual, debido a las medidas de carácter sanitario, dictadas por el Gobierno Nacional, con el objetivo de evitar el contagio del COVID-19, cuyo desarrollo de estará basado en el Reglamento correspondiente aprobado mediante Ordenanza Nº 0579-2022-MDB. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Secretaría General, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, y a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión oportuna a través de todos los medios disponibles, de la mencionada audiencia. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General y Unidad de Tecnología de la Información su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional (www.munibrena.gob.pe), respectivamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde 2105192-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Ordenanza que establece beneficio de amnistía de deuda tributaria y no tributaria en la jurisdicción del distrito de Santa Rosa para el ejercicio 2022 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 537-2022/MDSR Santa Rosa, 24 de agosto de 2022El ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA ROSAPOR CUANTO;El Concejo Municipal Distrital de Santa Rosa, en Sesión Ordinaria de fecha 24 de agosto de 2022 a las 11:00 horas;