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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 148

148 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de setiembre de 2022 El Peruano / solicitó licencia sin goce de haber debido a su intención de participar como candidato en las ERM 2022. 2.2. Dicha licencia fue concedida por los miembros del Consejo Regional de Ucayali, conforme al acta de la sesión ordinaria del 15 de junio de 2022 y el Acuerdo Regional Nº 064-2022-GRU-CR. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.6.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia del señor consejero cuenta con la aprobación del Consejo Regional de Ucayali, y de acuerdo con lo establecido en la LOGR, en la LER y en la Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.3., SN 1.4. y SN 1.7) resulta procedente convocar a don Jenry Portocarrero Sinacay, identi fi cado con documento nacional de identidad (DNI) Nº 42351053, accesitario al cargo de consejero regional por la provincia de Purús, en la lista de la organización política Ucayali Región con Futuro. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Regionales Electas del Gobierno Regional de Ucayali, del 10 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Edwin Paul Alvarado Montero, consejero del Consejo Regional de Ucayali, en representación de la provincia de Purús, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Jenry Portocarrero Sinacay, identi fi cado con DNI Nº 42351053, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Ucayali, en representación de la provincia de Purús, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 En respuesta al O fi cio Nº 008651-2022-SG/JNE. 2 Publicado el 4 de enero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 5 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2105162-1Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Yauyos, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 3119-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022015023 YAUYOS - LIMALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinticinco de agosto de dos mil veintidós VISTO: el O fi cio Nº 252-2022-MPY/A, presentado el 17 de junio de 2022 por doña Elva Dionisio Inga, alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Yauyos, departamento de Lima (en adelante, señora alcaldesa), por medio del cual comunicó la licencia concedida a doña Margaret Indira Rodríguez Negrón, regidora del concejo de la citada comuna (en adelante, señora regidora), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante ERM, 2022). ANTECEDENTES 1.1. A través del o fi cio del visto, la señora alcaldesa informó de la licencia sin goce de haber concedida a la señora regidora, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó la solicitud de licencia presentada por la citada regidora, el 1 de junio de 2022, y el Acuerdo de Concejo Nº 026-2022-MPY, de fecha 9 de junio de 2022, con el que se formalizó la decisión de otorgarle licencia sin goce de haber. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales (en adelante, LER) 1.2 El literal c del numeral 4 del artículo 14 prescribe que están impedidos de ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de elecciones, los regidores que deseen postular al cargo de presidente (gobernador), vicepresidente (vicegobernador) o consejero regional. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.3. El artículo 24 determina que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM 1.4 Mediante este decreto supremo, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 4 de enero de 2022, el Presidente de la República convocó a las ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del presente año con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República. En la Resolución Nº 0918-2021-JNE, que aprobó las disposiciones aplicables a las autoridades regionales y municipales que renuncien o soliciten licencias para participar como candidatos en las ERM 2022 1 1.5 El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó, entre otros, el plazo para que los funcionarios