NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 160
TEXTO PAGINA: 145
145 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de setiembre de 2022 El Peruano / serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. [...] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. En la Plataforma Electoral del JNE, se evidencia que el 22 de abril de 2022, con Expediente Administrativo Nº 4941, el señor regidor solicitó licencia sin goce de haber a fi n de que se haga efectiva desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidato a la alcaldía de la Municipalidad Distrital de Santa María en las ERM 2022. 2.2. De la revisión de los actuados, se advierte que, con O fi cio Nº 0110-2022-SG-MDSM, el señor secretario comunicó al JNE que el señor regidor solicitó su licencia sin goce de haber desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre del presente año, debido a su intención de participar como candidato al cargo de alcalde de la municipalidad distrital de Santa María en las ERM 2022. 2.3. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue aprobada en la sesión extraordinaria de del 4 de mayo de 2022. La citada decisión fue formalizada a través del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 0031-2022-MDSM del 4 de mayo de 2022, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre del presente año. 2.4. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de las elecciones, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.5. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Santa María y estando a lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), resulta procedente convocar a doña Medalit Isabel Chagray Mauricio, identi fi cada con DNI Nº 42938013, candidata no proclamada de la organización política Patria Joven para que asuma temporalmente el cargo de regidora del referido concejo distrital. 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima, del 30 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaura, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a Víctor Arnaldo La Cruz Salvador, regidor de la Municipalidad Distrital de Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña Medalit Isabel Chagray Mauricio, identi fi cada con DNI Nº 42938013, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/expedientes/detalle/detalle- expediente 2 Publicado el 4 de enero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano . 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 5 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2105156-1 Convocan a ciudadana para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huancayo, departamento de Junín RESOLUCIÓN Nº 3117-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022036903 HUANCAYO - JUNÍNLICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinticinco de agosto de dos mil veintidós VISTO : el O fi cio Nº 079-2022-MPH-CM/SG, presentado el 11 de julio de 2022, por don José L. Alvino Arge, secretario general de la Municipalidad Provincial de Huancayo, departamento de Junín (en adelante, señor secretario), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don William Quispe Flores, regidor del concejo de la referida comuna (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). ANTECEDENTES1.1. A través del o fi cio del visto, el señor secretario informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su respectivo reemplazo. Para tal efecto, adjuntó la solicitud de licencia presentada por el señor regidor el 6 de junio de 2022 y el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 067-2022-MPH/CM, del 22 de junio de 2022, que formalizó el acuerdo de otorgar licencia sin goce de haber al señor regidor. 1.1. Asimismo, con O fi cio Nº 131-2022-MPH/SG 1 del 24 de agosto de 2022, el señor secretario remite el Acta Nº 12-2022-MPH/CM del 22 de junio de 2022, en la que consta la aprobación de la mencionada licencia. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.