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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 139

139 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de setiembre de 2022 El Peruano / Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. [...] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con el O fi cio Nº 003-2022-MDS/A, el señor alcalde comunicó al JNE que, el 19 de mayo de 2022, el señor alcalde solicitó una licencia sin goce de haber, debiéndose efectivizarse a partir del 2 de setiembre de 2022, debido a su intención de participar como candidato en las ERM 2022. 2.2. Dicha solicitud de licencia fue concedida por los miembros del concejo, conforme al Acuerdo de Concejo Nº 037-2022-MDS, del 26 de mayo de 2022, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre del mismo año. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de las elecciones, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Sabandía y estando a lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), resulta procedente convocar a don Senen Cecilio Rivera Pachas, identi fi cado con DNI Nº 29472634, por ser el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral de la organización política Fuerza Arequipeña, para que asuma, temporalmente, el cargo de alcalde de la referida municipalidad distrital. 2.5. Además, a fi n de completar el número de regidores del mencionado concejo, se debe convocar a don Héctor René Pauca Rodríguez, identi fi cado con DNI Nº 29473058, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional Arequipa Avancemos, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidor del concejo distrital ya mencionado. 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Sabandía, provincia y departamento de Arequipa, del 13 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Vidal Gonzalo Gallegos Pinto, alcalde del Concejo Distrital de Sabandía, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Senen Cecilio Rivera Pachas, identi fi cado con DNI Nº 29472634, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Sabandía, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a don Héctor René Pauca Rodríguez, identi fi cado con DNI Nº 29473058, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Sabandía, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2104928-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Sabandía, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 3112-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022044519 SABANDÍA - AREQUIPA - AREQUIPALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinticinco de agosto de dos mil veintidós VISTO : el O fi cio Nº 003-2022-MDS/A, presentado, el 20 de julio de 2022, por David Zegarra Berrios, secretario general de la Municipalidad Distrital de Sabandía, provincia y departamento de Arequipa (en adelante, señor secretario), por medio del cual comunicó la licencia concedida a doña Maura Juana García Aquino, regidora de la referida comuna (en adelante, señora regidora), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). ANTECEDENTES1.1. A través del o fi cio del visto, el señor secretario informó de la licencia sin goce de haber concedida a la señora regidora con motivo de su participación como candidata en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó la solicitud de licencia y el Acuerdo de Concejo Nº 040-2022-MDS, del 10 de junio de 2022.