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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 164

164 NORMAS LEGALES Jueves 15 de setiembre de 2022 El Peruano / de la designación de los magistrados en plazas fi scales en las que no son titulares no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo; se hace oportuno, asignar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, referida en el primer párrafo, al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, y previa veri fi cación de los requisitos de ley, designar al fi scal que ocupe provisionalmente el referido cargo, así como nombrar y designar al reemplazo correspondiente, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su toma de posesión y juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Asignar, de manera temporal, una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial a nivel nacional, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales. Artículo Segundo .- Dar por concluida la designación del abogado Rivertt Lenin Vilca Álvarez, Fiscal Adjunto Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1947-2019-MP-FN, de fecha 25 de julio de 2019. Artículo Tercero .- Designar al abogado Rivertt Lenin Vilca Álvarez, Fiscal Adjunto Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales. Artículo Cuarto .- Nombrar al abogado Jose Luis Saldaña Villena, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos. Artículo Quinto .- Disponer que la designación, así como el nombramiento y la designación de manera temporal del personal fi scal señalado en los artículos tercero y cuarto, respectivamente, tengan vigencia a partir de la fecha de su toma de posesión y/o juramentación, y hasta el 31 de diciembre de 2022, de conformidad con lo dispuesto por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021 y al o fi cio Nº 10011-2022-MP-FN-GG-OGPOHU-OAPH, así como, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Sexto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2105479-1Nombran fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1921-2022-MP-FN Lima, 14 de setiembre de 2022 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, con o fi cio Nº 6741-2022-MP-FN-PJFSLIMA, cursado por el abogado Luis Alberto Germaná Matta, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, se eleva la propuesta de rotación de personal fi scal del Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, con personal fi scal a cargo de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, la misma que cuenta con el visto bueno de la abogada Irma Hilda Díaz Livaque, Coordinadora Nacional del subsistema antes mencionado, expresado a través del o fi cio Nº 2575-2022-MP-FN-CN-FEVCMYGF y precisado por ofi cio Nº 2901-2022-MP-FN-CN-FEVCMYGF. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, dar por concluidos los nombramientos y designaciones de los magistrados señalados en los ofi cios mencionados en el primer párrafo y nombrarlos y designarlos en sus nuevas plazas, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Juana Doris Morante Deza, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Despacho