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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Viernes 23 de setiembre de 2022 El Peruano / Aprueban la Directiva N° 017-2022-CE-PJ denominada “Funcionamiento y Uso de la Sala de Encuentro Familiar”, (Versión 001) CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000332-2022-CE-PJ Lima, 2 de septiembre del 2022VISTOS:El O fi cio N° 000584-2022-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe N° 000674-2022-OAL-GG-PJ de la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General, el Memorando N° 000861-2022-GP-GG-PJ de la Gerencia de Plani fi cación; y el Informe N° 000139-2022-SR-GP-GG-PJ de la Subgerencia de Racionalización. CONSIDERANDO: Primero. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 370-2020-CE-PJ, se aprobó la Directiva N° 019-2020-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, que regula el proceso para la formulación, revisión aprobación y difusión estandarizada de Documentos Normativos en el Poder Judicial. Segundo. Que, el numeral 6.1 de la referida directiva, establece que son documentos normativos todos aquellos destinados a organizar y ejecutar actos de administración interna en el Poder Judicial; en este contexto, la Directiva es un instrumento de carácter interno que contiene la descripción documentada de la forma especí fi ca de ejecución de un proceso, detallando la secuencia de los pasos a seguir en forma lógica y concatenada, incluyendo al responsable y los recursos necesarios para su ejecución. Tercero. Que, la Presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, a través del O fi cio N° 000089-2022-P-CPAJPVYJC- CS-PJ, remitió a la Gerencia de Plani fi cación de la Gerencia General del Poder Judicial el proyecto de Directiva denominada “Funcionamiento y Uso de la Sala de Encuentro Familiar”, para su evaluación y trámite correspondiente, conteniendo el informe de sustentación. Cuarto. Que, el informe elaborado por la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, esgrime la situación de la problemática actual y propuesta normativa, la necesidad de su regulación, el sustento normativo y los bene fi cios que generaría su implementación. Quinto. Que, el proyecto de documento normativo propuesto encuentra su fundamento en el artículo 8° de la Ley Nº 27337, Ley que aprobó el Código de los Niños y Adolescentes; y en los artículos 3° y 9° de la Convención sobre los Derechos del Niño, que promueven la protección integral de la niña, niño y adolescente a vivir, crecer y desarrollarse en el seno de su familia, así como respetar el derecho de la persona menor de edad que esté separado de uno o de ambos progenitores, a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario a su interés superior. Sexto. Que, la Subgerencia de Racionalización mediante Informe N° 000139-2022-SR-GP-GG-PJ, otorgó su conformidad técnica para la prosecución del trámite de aprobación del proyecto propuesto; y la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General señala que el proyecto normativo tiene como objetivo establecer las disposiciones para el funcionamiento y uso de la Sala de Encuentro Familiar, física o virtual, por representar una alternativa efectiva para la correcta ejecución supervisada de las sentencias y/o medidas cautelares dispuestas por la jueza o el juez en los procesos de régimen de custodia y/o de visitas, así como la variación progresiva de cualquiera de estos regímenes, fortaleciendo la comunicación espontánea y permanente, el contacto directo y las relaciones personales entre las niñas, niños y adolescentes con sus progenitores y/o su entorno familiar; disposiciones que deben ser aplicadas por las salas superiores y juzgados especializados de familia y/o mixtos, y por los equipos técnicos interdisciplinarios de las Cortes Superiores de Justicia del país; en tal sentido, otorga opinión legal favorable para su aprobación. Sétimo. Que, en ese sentido, la Gerencia General del Poder Judicial mediante O fi cio N° 000584-2022-GG-PJ eleva a este Órgano de Gobierno el citado proyecto, para su evaluación y aprobación respectiva. Octavo. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia; y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1087- 2022 de la trigésima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 17 de agosto de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 017-2022-CE-PJ denominada “Funcionamiento y Uso de la Sala de Encuentro Familiar”, (Versión 001); que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional de la entidad, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2108668-1 Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000340-2022-CE-PJ Lima, 21 de septiembre del 2022VISTO: El O fi cio N° 00053-2022-P-CNPJ-CE-PJ cursado por el presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe N° 00042-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ del jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, concerniente a la prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 30 de setiembre de 2022.