NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 196
TEXTO PAGINA: 42
42 NORMAS LEGALES Viernes 23 de setiembre de 2022 El Peruano / local ubicado en: Av. Fermín Tanguis S/N del distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica. Artículo 2.- La Empresa autorizada deberá sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y normas complementarias. Artículo 3.- La Empresa autorizada bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ActoFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza18 de abril del 2023 Segunda renovación o contratación de nueva póliza18 de abril del 2024 Tercera renovación o contratación de nueva póliza18 de abril del 2025 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza18 de abril del 2026 Quinta renovación o contratación de nueva póliza18 de abril del 2027 En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, la presente Resolución Directoral deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en: Av. Alfredo Mendiola Nº 365, Of. 101, distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima y/o mogabsa22@gmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL CHRISTIAN FIGUEROA CAMACHO DirectorDirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2 Mediante solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº E-295402-2022 de fecha 13 de julio de 2022, el señor Santiago NICANOR Araujo Gonzales, identi fi cado con DNI Nº 08529807, en calidad de Gerente General de la Empresa “MOGABSA S.A.C..”, con RUC Nº 20609199670 y domicilio legal ubicado en: Alfredo Mendiola Nº 365, O fi c.101, distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima, en adelante, la Empresa, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) línea de inspección técnica vehicular, de tipo mixta, en el local ubicado en: Av. Fermín Tanguis S/N , distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica. 2105714-1Renovar autorizacion para operar como Centro de Inspeccion Técnica Vehicular fijo a la empresa “REVISIONES TÉCNICAS DEL PERÚ S.A.C.” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0461-2022-MTC/17.03 Lima, 24 de agosto de 2022VISTOS: La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta Nº T-298291-2022, así como, los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentados por la empresa ”REVISIONES TÉCNICAS DEL PERÚ S.A.C.”, mediante los cuales solicita renovación de la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular 1; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante, el Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya fi nalidad constituye certi fi car el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como veri fi car que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte, el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, el literal a) del inciso 5.1 del artículo 5 del Reglamento señala que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar las autorizaciones de funcionamiento a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3108-2017- MTC/15 de fecha 14 de julio de 2022 y publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 20 de julio de 2022, se autorizó por el plazo de cinco (05) años a la empresa denominada”REVISIONES TÉCNICAS DEL PERÚ S.A.C.”, como Centro de Inspección Técnica Vehicular para operar con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular de Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. Néstor Gambeta Nº 1160, distrito de Callao, provincia Constitucional del Callao; Que, mediante solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº T-298291-2022 de fecha 14 de julio de 2022, el señor Jorge Cesar Charapaqui Poma, con DNI Nº 09305012, Gerente General de la empresa ”REVISIONES TÉCNICAS DEL PERÚ S.A.C.”, con RUC Nº 20522902790 y domicilio en Jr. Trinidad Moran 286, segundo piso, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima, en adelante La Empresa, solicita renovación de la autorizacion para operar como Centro de Inspeccion Técnica Vehicular –CITV, otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 3108-2017-MTC/15 de fecha 14 de julio de 2022, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el dia 20 de julio de 2022, en el local ubicado en: Av. Néstor Gambeta Nº 1160, distrito de Callao, provincia Constitucional del Callao; Que, mediante O fi cio Nº 16359-2022-MTC/17.03 de fecha 21 de julio de 2022, noti fi cado en la misma fecha, se formularon las observaciones a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación dentro de los diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta Nº 326454-2022 de fecha 03 de agosto de 2022, noti fi cado con fecha 08 de