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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 23 de setiembre de 2022 El Peruano / de acreditación de representantes de los gobiernos regionales y gobiernos locales y de las EPS, en el módulo de registro del PRESET. 6.4.2 El registro en la PRESET debe ser actualizado permanentemente por las autoridades regionales, locales y de las EPS, y podrá ser consultado por las unidades de organización, programas e instancias autorizadas del MVCS, en cualquiera de sus sedes, para lo cual existen niveles de acceso. 6.5 Atención de visitantes o representantes en las Salas Transparentes En un lugar visible dentro de las Salas Transparentes del MVCS, se debe colocar la siguiente información dirigida al visitante y representante acreditado: 6.5.1 Está facultado para exigir el cumplimiento de los derechos que le reconoce la Constitución Política del Perú, y la normativa vigente. 6.5.2 Los horarios de atención al público en las diferentes sedes. 6.5.3 El MVCS cuenta con una Política Antisoborno, en la que se prohíbe la obtención de ventajas indebidas, así como la aceptación de regalos, obsequios, cortesías u otros bene fi cios por parte de los/as servidores/as del MVCS, por lo que la atención es gratuita. 6.5.4 Los únicos pagos que se realizan, son aquellos que corresponden a procedimientos administrativos y servicios sujetos a tasas expresamente previstas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos. 6.5.5 Pueden acceder a la información que administra el MVCS, en el marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS. 6.5.6 Cualquier acto de corrupción o práctica indebida debe ser denunciada ante la OILCC. 6.5.7 Puede obtener la orientación correspondiente sobre los trámites y requisitos que debe cumplir en sus procedimientos, o materia de su consulta, así como conocer el estado de un trámite que realice ante el MVCS. 6.5.8 Debe recibir de los/as servidores/as encargados/ as de la atención al público, un trato respetuoso y diligente, sin discriminación por razón de género, raza, religión, condición social, nacionalidad u opinión. 6.5.9 Puede presentar la documentación en los procedimientos en los que tenga la condición de interesado, y recibir en términos claros y sencillos las notifi caciones que envíe el MVCS. 6.5.10 El libro de reclamaciones está a disposición para la presentación de reclamos. 6.5.11 En caso el MVCS detecte su participación en actos de corrupción, informará a la OILCC. 6.6 Además del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Directiva N° 002-2014-VIVIENDA/SG, Normas y Protocolos para la Atención de Usuarios/as del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobada por Resolución de Secretaria General N° 032-2014-VIVIENDA-SG o Directiva que la reemplace, se establece lo siguiente: 6.6.1 La atención solo se realiza a cargo del/de la servidor/a responsable, quien puede contar con el apoyo de otros/as servidores/as de acuerdo a la naturaleza de la reunión o necesidad del servicio. 6.6.2 El/la servidor/a responsable, organiza el desarrollo de la reunión, así como vela para que la misma se realice de acuerdo a las disposiciones de la presente Directiva General. 6.6.3 Antes de dar inicio a la reunión se indica al visitante, autoridad o representante acreditado, que la reunión será videograbada. 6.6.4 El/La servidor/a responsable durante la reunión debe: a. Evitar formular adelanto de opinión. b. Velar por el correcto uso de la palabra de cada asistente, de manera ordenada, evitando interrumpir las intervenciones, manteniendo en todo momento un comportamiento profesional, respetuoso y de atención a las explicaciones que se brinden durante la reunión, teniendo en consideración lo dispuesto en el Código de Ética y Conducta del MVCS. c. Absolver las preguntas o consultas formuladas por el/la visitante o representante acreditado/a, de forma precisa y concreta, citando de ser el caso, la referencia legal o técnica que sustente la respuesta o a fi rmación. d. Proporcionar únicamente los datos institucionales (correo electrónico, anexo o teléfono móvil siempre que sea institucional). 6.6.5 Terminada la reunión el/la servidor/a responsable debe: a. Elaborar un acta que contenga los acuerdos o conclusiones de la reunión, la cual será suscrita por todos los asistentes, conforme al Anexo N° 02 que forma parte de la presente Directiva General. b. Entrega el acta al/a la servidor/a encargado/a de la administración de Salas Transparentes para su archivo correspondiente. c. Los órganos de la Alta Dirección, unidades de organización y programas pueden solicitar a la OAC la entrega de copias de las actas archivadas. 6.7 Presentación de denunciasEn caso el/la visitante, autoridad, o representante acreditado/a, mani fi este la existencia de un presunto acto de corrupción o practica indebida, o desee presentar denuncia contra algún servidor/a del MVCS, la OILCC recibirá la denuncia e iniciará las acciones en el marco de sus competencias, otorgando las medidas de protección para el/la denunciante, en caso corresponda, en el marco