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31 NORMAS LEGALES Viernes 7 de abril de 2023 El Peruano / con la fi nalidad de otorgar una boni fi cación justa y equitativa a los profesionales de la salud que realizan el SERUMS, que incentive la atención y la mejora del estado de la salud de las poblaciones más vulnerables del país; Con el visado de la Dirección General de Personal de la Salud, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1161 y modi fi catorias, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Decreto Supremo Nº 005-97-SA y modi fi catorias, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley que establece el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Guía Técnica: “Metodología para determinar los grados de di fi cultad de los Establecimientos de Salud para realizar el SERUMS”, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Aprobar el Listado de Establecimientos de Salud del I y II nivel de atención, según regiones e instituciones ofertantes de plazas, con su respectivo grado de di fi cultad para realizar el SERUMS, que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud. Artículo 3. - La Guía Técnica aprobada mediante el artículo 1 se aplica a partir del Proceso SERUMS 2023-I. Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Personal de la Salud, en el marco de sus funciones, la difusión, implementación, asistencia técnica, monitoreo, supervisión y evaluación del cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2167411-1 Designan Jefa de Equipo II de la Oficina de Administración de Recursos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 363-2023/MINSA Lima, 5 de abril del 2023Visto; el Expediente Nº OGGRH020230000415; y,CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Directoral Nº 215-2023-OGGRH/MINSA, de fecha 9 de marzo de 2023, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial Nº 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Jefe/a de Equipo II (CAP – P Nº 613) de la O fi cina de Administración de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar en dicho cargo a la señora LORENA JULISSA AGUINAGA VÉLEZ; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; y,De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora LORENA JULISSA AGUINAGA VÉLEZ, en el cargo de Jefa de Equipo II (CAP – P Nº 613), Nivel F-3, de la O fi cina de Administración de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2167412-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por la ejecución de la obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Huallanca - Caraz” y el valor de tasación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 386-2023-MTC/01.02 Lima, 5 de abril de 2023 VISTA: La Nota de Elevación Nº 047-2023-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Carretera longitudinal de la sierra: Chiple - Cutervo - Cochabamba – Chota – Bambamarca – Hualgayoc – Desvío Yanacocha, Cajabamba –Sausacocha – Huamachuco – Shorey – Santiago de Chuco – Pallasca – Cabana – Tauca, Huallanca - Caraz, Huallanca – La Unión – Huánuco, Izcuchaca – Mayocc – Huanta Ayacucho, Andahuaylas - Abancay”, que autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el artícul o 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2020-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo Nº 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de