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31 NORMAS LEGALES Sábado 22 de abril de 2023 El Peruano / Designan Director de la Dirección de Derecho de Vía del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 418-2023-MTC/20 Lima, 17 de abril de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2002- MTC publicado el 12 de julio de 2002, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019-MTC, se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional no concesionada, así como de la plani fi cación, gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional no concesionada; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Director de la Dirección de Derecho de Vía de PROVÍAS NACIONAL, en consecuencia resulta necesario designar al profesional que desempeñará el cargo referido; Que, en el literal m), del artículo 8 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura Nacional – PROVÍAS NACIONAL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0828-2020-MTC/01.02, publicada el 24 de noviembre de 2020, se estipula que dentro de las funciones de la Dirección Ejecutiva, se encuentra la de designar o encargar, según corresponda, al personal de con fi anza de PROVÍAS NACIONAL; así como, encargar las direcciones, o fi cinas y jefaturas de las unidades zonales, en caso de ausencia de su titular, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Que, mediante Informe N° 108-2023-MTC/20.5, la O fi cina de Recursos Humanos ha veri fi cado el cumplimiento del per fi l del profesional propuesto por la Dirección Ejecutiva, por lo que resulta viable designar al abogado Tulio Cesar Arana Pasco en el cargo de confi anza de Director de la Dirección de Derecho de Vía de PROVÍAS NACIONAL; Estando a lo expuesto, es pertinente emitir el acto de administración respectivo; Con la visación de la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; En mérito al Decreto Supremo 033-2002-MTC, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019-MTC, Resolución Ministerial N° 828-2020-MTC/01.02; y la Resolución Ministerial N° 290-2023-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, al abogado TULIO CESAR ARANA PASCO en el cargo de con fi anza de Director de la Dirección de Derecho de Vía del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2.- NOTIFICAR la presente Resolución al ingeniero TULIO CESAR ARANA PASCO y transcribirla a todas las Unidades Funcionales de Administración Interna y de Línea y a las Unidades Funcionales Desconcentradas (Unidades Zonales) del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO CHAN CARDOSO Director Ejecutivo (e)PROVÍAS NACIONAL 2171478-1VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban la décima octava convocatoria del año 2023 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención al Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 176-2023-VIVIENDA Lima, 21 de abril de 2023 VISTOS:El Informe N° 110-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (en adelante, DGPPVU); el Informe N° 264-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU y el Informe Técnico Legal N° 08-2023-DGPPVU-DEPPVU-CITV-IRA de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo; el Informe N° 349-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ); y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 31526 se crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, (en adelante, BAE) como un mecanismo de atención temporal al damni fi cado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en estado de emergencia por decreto supremo; el BAE se otorga para el arrendamiento de una vivienda en el departamento en el que se encuentra la zona declarada en Estado de Emergencia; Que, por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (en adelante, el Reglamento), el mismo que establece en su artículo 6, entre otros, que el otorgamiento del BAE se realiza a través de una convocatoria aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, MVCS); Que, a través del Decreto Supremo N° 029-2023- PCM, se declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura y Tumbes, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte de dicho Decreto Supremo, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario; Que, con el Informe N° 110-2023-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, el Informe N° 264-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU y el Informe Técnico Legal N° 08-2023-DGPPVU-DEPPVU-CITV-IRA, la DGPPVU sustenta la relación de setenta potenciales bene fi ciarios del BAE, al haber validado sus viviendas como colapsadas o inhabitables, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, en el distrito de Illimo, de la provincia y departamento de Lambayeque, en el marco del Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM; Que, en mérito a ello, la DGPPVU propone autorizar la décima octava convocatoria del año 2023, para el otorgamiento del BAE, a los potenciales bene fi ciarios con viviendas colapsadas o inhabitables ubicadas en el distrito de Illimo, de la provincia y departamento de Lambayeque, declarado en Estado de Emergencia mediante el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31526 y el Reglamento;