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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (22/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Sábado 22 de abril de 2023 El Peruano / de Cañete, para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE, a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información, la publicación en el portal Institucional de la Universidad Nacional de Cañete, bajo responsabilidad administrativa. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ARNULFO ORTEGA MALLQUI Presidente de la Comisión Organizadora Universidad Nacional de Cañete KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE Secretario General Universidad Nacional de Cañete 2171423-1 Autorizan expedición de duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ciencias Económicas, otorgado por la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL SECRETARIA GENERAL RESOLUCIÓN R. Nº 1497 - 2023-CU-UNFV San Miguel, 29 de marzo de 2023Visto, el expediente con NT. 29766, de fecha de recepción 23.06.2022, seguido por doña GLORIA ERIKA MORALES CANALES, egresada de la Facultad de Ciencias Económicas, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ciencias Económicas, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y CONSIDERANDO:Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU- UNFV, de fecha 25.09.2013, recti fi cada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad;Que, mediante documento de fecha 23.06.2022, doña GLORIA ERIKA MORALES CANALES solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ciencias Económicas, el cual fue expedido por esta Universidad el 30.10.2009, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fi n de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta fotografía tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, copia del Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias Económicas, copia del Documento Nacional de Identidad; así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante O fi cio N° 529-2022 y 0203-2023-OGT-SG-UNFV de fechas 19.07.2022 y 10.02.2023 respectivamente, señalan que se expidió con fecha 30.10.2009 el Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias Económicas a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro N° 115, Folio N° 200 y Registro N° 86071, el mismo que obra en la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señalan que lo solicitado por doña GLORIA ERIKA MORALES CANALES cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Ciencias Económicas, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley N° 28626; En mérito a la opinión de la O fi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en el Informe Legal N° 616-2022-OCAJ-UNFV, de fecha 25.07.2022, y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 1073-2023-R-UNFV, de fecha 09.03.2023; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 052 de fecha 29.03.2023, acordó autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Bachiller en Ciencias Económicas, otorgado por la Facultad de Ciencias Económicas de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña GLORIA ERIKA MORALES CANALES; De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. N° 9709-2021-UNFV, de fecha 31.12.2021 y la Resolución R. N° 479-2022-CU-UNFV, de fecha 27.06.2022; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ciencias Económicas, otorgado por la Facultad de Ciencias Económicas de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña GLORIA ERIKA MORALES CANALES (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 115, Folio Nº 200, Registro Nº 86071 y fecha de expedición 30.10.2009, el cual obra en la referida O fi cina. Artículo Segundo.- La O fi cina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, noti fi cará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Ciencias Económicas, así como la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO Rectora ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General 2170905-1