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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (22/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Sábado 22 de abril de 2023 El Peruano / Que, el artículo 58° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 25º del Estatuto de Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 143-2022-CO/UNDC y su modi fi catoria, establecen que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Cañete, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Consejo Universitario, disposición relacionada con la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y su modi fi catoria; Que, mediante Ley N° 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, que establece que las O fi cinas de Recursos Humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por Servir y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los per fi les de puestos, de conformidad a su artículo 6º; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley del Servicio Civil, que establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Organización del trabajo y su distribución, que de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, y que comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos, de conformidad al artículo 3º; Que, mediante Ley N° 31419, se aprobó la Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, que tiene por objeto establece entre otros los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; de conformidad a su artículo 1º; Que, mediante Decreto Supremo N° 053-2022- PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 31419, que establece que las entidades públicas cuando corresponda, actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasi fi cador de Cargos o el Manual de Perfi les de Puestos, según corresponda; así como que la Ofi cina de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces, bajo responsabilidad, tienen la obligación de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley, el presente Reglamento y las disposiciones complementarias emitidas por SERVIR; de conformidad a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIRPE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH - “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, (en adelante, la Directiva), cuya fi nalidad es que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), y administrar las posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos, de conformidad al artículo 2º de la referida Directiva; Que, el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad, de conformidad con el literal c) del numeral 5.1 del artículo 5º de la referida Directiva; razón por lo cual la Unidad de Recursos Humanos con INFORME Nº 217-2023-UNDC/CP/P/DGA/RRHH de fecha 24/03/2023, remite el proyecto del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional de Cañete el mismo que cuenta con el visto bueno de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y esta conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, y a lo dispuesto en la Ley N° 31419 y su Reglamento; Que, mediante INFORME Nº 043-2023-UNDC/ CO/P/DGA de fecha 29/03/2023, la Dirección General de Administración envía a la Presidencia de la Comisión Organizadora el citado expediente que ha sido evaluado en su oportunidad y, solicita que sea aprobado ya que es necesario para realizar el trámite y aprobación del CAP - Provisional de esta Entidad, por lo que el PCO solicita a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la opinión técnica; Que, mediante INFORME Nº 157-2023/OPP/UNDC de fecha 10/04/2023, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable al Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional de Cañete, conforme a lo establecido en el numeral 5.2.4 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; Que, mediante INFORME LEGAL Nº 143-2023-UNDC/ CO-P-OAJ de fecha 10/04/2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable, sobre la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional de Cañete, en los términos expuestos por la Responsable de la Unidad de Recursos Humanos y el Director General de Administración y recomienda que se debe elevar los actuados a la Comisión Organizadora para el pronunciamiento respectivo por lo que es derivado a Secretaría General para ser visto en Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de fecha 11 de abril de 2023; Que, en atención a los informes y consideraciones expuestas y contando con el visado de la Unidad de Recursos Humanos, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina de Asesoría Jurídica y la Dirección General de Administración, resulta necesario emitir el acto resolutivo donde se apruebe el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional de Cañete; Que, el numeral 59.2 del artículo 59° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, prevé como una de las atribuciones del Consejo Universitario, dictar el reglamento general de la universidad, el reglamento de elecciones y otros reglamentos internos especiales, así como vigilar su cumplimiento; Que, estando a lo acordado por la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, en su Sesión Extraordinaria N° 007-2023-CO/UNC de fecha 11 de abril de 2023; y; De conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y su modi fi catoria y en la Resolución Viceministerial Nº 069-2022-MINEDU, así como en el Estatuto Universitario de la UNDC y demás normas concordantes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional de Cañete, que a fojas setenta y tres (73) que debidamente selladas y rubricadas forma parte de la Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos y a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el seguimiento y aplicación de lo aprobado en el Artículo Primero de la presente Resolución, bajo responsabilidad funcional. Artículo Tercero.- DISPONER, la noti fi cación de la presente Resolución a todas las dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional