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65 NORMAS LEGALES Jueves 27 de abril de 2023 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba la calificación de Zona de Reglamentación Especial y la Reglamentación Especial del Plan Específico ubicado entre las avenidas Nicolás Dueñas, Meiggs, Materiales, y la Calle 2; así como entre la avenida Nicolás Dueñas y los jirones Pedro Gárezon y José Celedón, del Cercado de Lima ORDENANZA N° 2540 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima;VISTOS: En sesión extraordinaria de la fecha; el Dictamen N° 006-2023-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CALIFICACIÓN DE ZONA DE REGLAMENTACIÓN ESPECIAL Y LA REGLAMENTACIÓN ESPECIAL DEL PLAN ESPECÍFICO UBICADO ENTRE LAS AVENIDAS NICOLÁS DUEÑAS, MEIGGS, MATERIALES, Y LA CALLE 2; ASÍ COMO ENTRE LA AVENIDA NICOLÁS DUEÑAS Y LOS JIRONES PEDRO GÁREZON Y JOSÉ CELEDÓN, DEL CERCADO DE LIMA Artículo Primero.- Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del Cercado de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 893-MML publicada el 27 de diciembre de 2005 en el diario o fi cial “El Peruano”, de Industria Liviana (I2), Residencial de Densidad Media (RDM) y Comercio Zonal (CZ) a Zona de Reglamentación Especial (ZRE) para los inmuebles ubicados entre las avenidas Nicolás Dueñas, Enrique Meiggs, Materiales y la Calle 2, así como entre la avenida Nicolás Dueñas y los jirones Pedro Gárezon y José Celendón, conforme al Plano que, como Anexo N° 1, forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar la Reglamentación Especial propuesta en el Plan Especí fi co para los predios cuya zoni fi cación se modi fi ca a Zona de Reglamentación Especial (ZRE) en el artículo precedente, la misma que, como Anexo N° 2, forma parte de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Aprobar el Plano de Trama Vial y Secciones Viales de la Zona de Reglamentación Especial, el cual, como Anexo N° 3, forma parte de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Aprobar el Plano de Niveles de Intensidad de Uso de la Zona de Reglamentación Especial, el que, como Anexo N° 4, forma parte de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- Disponer que el Instituto Metropolitano de Plani fi cación – IMP de la Municipalidad Metropolitana de Lima, efectúe las modi fi caciones del Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo, aprobadas en la presente ordenanza. Artículo Sexto.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación, incluidos los anexos, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe; el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Lima, 21 de abril de 2023RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2172534-1 Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de Villa El Salvador aprobado por Ordenanza N° 933 ORDENANZA N° 2541 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima;VISTOS: En sesión extraordinaria de la fecha; el Dictamen N° 008-2023-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR APROBADO POR ORDENANZA N° 933 Artículo Primero.- Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de Villa El Salvador, aprobado mediante Ordenanza N° 933, publicada el 5 de mayo de 2006 en el diario o fi cial El Peruano, de Otros Usos (OU) a Centro de Salud (H2) para el predio de 798.67 m2 ubicado en el Pueblo Joven Villa El Salvador, Mz. E, Lote 5, Grupo Residencial 15, Sector Tercero, entre la Av. José Carlos Mariátegui y La Calle 4, distrito de Villa el Salvador, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° P03182538 del Registro Predial Urbano de la O fi cina Registral de Lima, solicitado por el Ministerio de Salud, a través del Expediente N° 2022-106284, conforme a lo grafi cado en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador que, en el proceso administrativo de Licencia de Edi fi cación, vele por que se cumpla con aplicar los parámetros urbanísticos y edifi catorios del R.N.E., debiendo incluir la dotación de estacionamientos dentro de los límites de la propiedad. Artículo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación de Villa El Salvador, la modi fi cación aprobada en el artículo primero de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente ordenanza al administrado y a la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador. Artículo Quinto.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación, incluidos su anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana