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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (27/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Jueves 27 de abril de 2023 El Peruano / Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (www.atu.gob.pe) y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva ANEXO DETALLE DE LA TERCERA LIQUIDACIÓN A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES N° MUNICIPALIDAD % TRANSFERENCIA IMPORTE A TRANSFERIR 1 ATE VITARTE 70.00% 172,210.50 2 CARABAYLLO 70.00% 2,380.00 3 COMAS 70.00% 346.50 4 JESUS MARIA 50.00% 5,073.75 5 LA MOLINA 70.00% 8,925.00 6 LA VICTORIA 70.00% 693.00 7 MIRAFLORES 70.00% 4,158.00 8 PACHACAMAC 50.00% 1,237.50 9 PUEBLO LIBRE 50.00% 4,083.75 10 RIMAC 50.00% 1,237.50 11 SAN BARTOLO 30.00% 297.00 12 SAN BORJA 50.00% 2,598.75 13 SAN ISIDRO 50.00% 29,543.75 14 SAN JUAN DE MIRAFLORES 70.00% 1,386.00 15 SAN LUIS 50.00% 353.75 16 SAN MARTIN DE PORRES 70.00% 8,835.75 17 SAN MIGUEL 50.00% 495.00 18 SANTA ANITA 50.00% 9,900.00 19 SANTIAGO DE SURCO 70.00% 59,749.73 20 VENTANILLA 70.00% 1,209.60 21 VILLA EL SALVADOR 70.00% 346.50 22 VILLA MARIA DEL TRIUNFO 70.00% 301.00 TOTAL 315,362.33 2172765-1 CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Aprueban actualización de la Guía de Políticas Nacionales RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 0030-2023/CEPLAN/PCD Lima, 26 de abril de 2023VISTO: El Proveído N° D000965-2023-CEPLAN-DE, de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° D000157-2023-CEPLAN-DNCP, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, y el Informe N° D00099- 2023-CEPLAN-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y,CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, los numerales 3 y 4 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1088 disponen que, una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, y desarrollar metodologías e instrumentos técnicos para asegurar la consistencia y coherencia del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional orientadas al desarrollo armónico y sostenido del país y al fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho; Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2018- PCM se aprobó el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, el cual fortalece la rectoría de los Ministerios respecto a las políticas nacionales, asegurando que estas sean ejecutadas y cumplidas en todo el territorio por parte de las entidades del gobierno nacional, regional y local; Que, mediante Decretos Supremos N.° 038-2018- PCM, 168-2020-PCM, 176-2020-PCM, 031-2021-PCM, 064-2021-PC y 042-2023-PCM, se modi fi có el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, estableciendo nuevas exigencias metodológicas a la estructura de una política nacional, asegurando que estas sean ejecutadas y cumplidas en todo el territorio por parte de las entidades del gobierno nacional, regional y local; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua con una visión de largo plazo, precisando que las políticas nacionales se enmarcan en las políticas de Estado, deben estar armonizados con los objetivos de desarrollo nacional del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y responden a la identi fi cación de problemas o necesidades que enfrenta la población, que son priorizados en la agenda pública; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de dicha Directiva establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN, aprueba las guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de planes y políticas a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N°00047-2018/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00057-2018/CEPLAN/PCD, se aprobó la Guía de Políticas Nacionales, la misma que corresponde actualizar en el marco de la mejora continua, y en atención a la normativa vigente; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00042-2022/CEPLAN/PCD, se dispuso la publicación del proyecto de actualización de la Guía de Políticas Nacionales en el portal institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico y se estableció 30 días como plazo máximo para que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias; Que, se evaluaron y sistematizaron los comentarios y sugerencias recibidos durante el plazo establecido, realizándose incorporaciones y mejoras en el documento del proyecto de actualización Guía de Políticas Nacionales; Con el visado del Director Ejecutivo, de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y del