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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (27/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Jueves 27 de abril de 2023 El Peruano / Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD y modi fi cada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD; y, en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2009-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la actualización de la Guía de Políticas Nacionales, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N°00047-2018/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00057-2018/CEPLAN/PCD, que aprobó la Guía de Políticas Nacionales. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en el portal institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico: www.gob.pe/ceplan Regístrese y comuníquese y publíquese.GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 2172684-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio Público RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 00051-2023-OEFA/PCD Lima, 25 de abril de 2023VISTOS: El Informe N° 000089-2023-OEFA/OPP, elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 00131-2023-OEFA/OAJ, elaborado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 (en adelante, la Ley de Presupuesto), se aprueba, entre otros, el Presupuesto Institucional del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00080-2022-OEFA/PCD, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en el marco de lo establecido en la Ley de Presupuesto, por el monto total de S/ 266 567 982,00 (Doscientos sesenta y seis millones quinientos sesenta y siete mil novecientos ochenta y dos y 00/100 Soles); Que, mediante el Numeral 2.1 del Artículo 2° de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente (en adelante, la Ley de Expansión del Control Concurrente ), se señala que, para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, el Numeral 2 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto, establece que durante el año fi scal 2023, la implementación y operación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Pliego 022: Ministerio Publico, provienen del 1% de la ejecución de inversiones cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 Soles) y sean menores o iguales a S/ 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100 Soles), que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado; siendo que dicho porcentaje es parte del 2% al que hace referencia el Numeral 2.1 del Artículo 2° de la Ley de Expansión del Control Concurrente; Que, asimismo, el Numeral 3 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto, dispone que, para el cumplimiento de lo previsto precedentemente, se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 022: Ministerio Publico; Que, en ese marco, a través del O fi cio N° 1161-2023-ANC-MP-J, la Jefatura Nacional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, solicita al OEFA disponer de las acciones administrativas necesarias, para hacer efectivo, con carácter de muy urgente, la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (UE. ANC-MP), hasta por el monto de S/ 193 636,00 (Ciento noventa y tres mil seiscientos treinta y seis y 00/100 Soles); Que, mediante el Informe N° 00089-2023-OEFA/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, ha señalado que, presupuestalmente resulta viable la transferencia fi nanciera por la suma total de S/ 193 636,00 (Ciento noventa y tres mil seiscientos treinta y seis y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios” , en la Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” y Especí fi ca de Gasto 2.4.2.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional” , a favor del Pliego 022: Ministerio Público, para para la implementación y operación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control; Que, a través del Informe N° 00131-2023-OEFA/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable sobre la autorización de la transferencia fi nanciera por el monto de S/ 193 636,00 (Ciento noventa y tres mil seiscientos treinta y seis y 00/100 Soles) a favor del Pliego 022: Ministerio Público; toda vez que, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto a través de su Informe de vistos ha manifestado su viabilidad en materia presupuestal, en cumplimiento de lo dispuesto en los Numerales 2 y 3 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto; Que, el Numeral 4 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto, dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas para fi nanciar la implementación y operación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Pliego 022: Ministerio Publico, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, el Artículo 15° y los Literales a) y t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM, establecen que la Presidencia del Consejo Directivo