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33 NORMAS LEGALES Sábado 29 de abril de 2023 El Peruano / Artículo 2º.- NOTIFICAR a EPS EMAPAVIGS S.A. la presente resolución. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Sunass (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.SANDRO ALEJANDRO HUAMANÍ ANTONIO Director de la Dirección de Regulación Tarifaria 1 Recibido en Sunass el 3 de marzo de 2023. 2 Aprobado mediante Decreto Supremo N.º 005-2020-VIVIENDA. 3 Aprobado por Decreto Supremo N.º 016-2021-VIVIENDA. 4 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N.º 028-2021-SUNASS-CD y sus modi fi catorias. 5 Publicada el 16 de diciembre de 2018 en la separata de normas legales del diario o fi cial El Peruano . 6 Recibido por EPS EMAPAVIGS S.A. el 17 de marzo de 2023. 7 Recibido por la Sunass el 30 de marzo de 2023. 2173306-1 Aprueban metas de gestión que deberá cumplir EPS SEDA HUÁNUCO S.A. en el periodo regulatorio 2023-2028, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 016-2023-SUNASS-CD EXP.: 012-2022-SUNASS-DRT-FT Lima, 27 de abril de 2023VISTOS:El Memorándum N.º 199-2023-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria, mediante el cual presenta el estudio tarifario fi nal que sustenta la propuesta para el periodo regulatorio 2023-2028 de: i) fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EPS SEDA HUÁNUCO S.A. (en adelante, EPS SEDA HUÁNUCO) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa prestadora. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Dirección de Regulación Tarifaria N.º 018-2022-SUNASS-DRT se admitió a trámite la solicitud de EPS SEDA HUÁNUCO para la aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como la determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el siguiente periodo regulatorio de la referida empresa prestadora. Que, si bien a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 028-2021-SUNASS-CD se aprobó el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras (Reglamento Nuevo), la segunda disposición complementaria transitoria del referido reglamento prevé que los criterios y plazos establecidos para la elaboración del plan maestro optimizado y el estudio tarifario se aplican por primera vez a las empresas prestadoras cuyo periodo regulatorio culminará en un plazo mayor al de veintidós meses posteriores a la entrada en vigencia del Reglamento Nuevo. Que, asimismo, dispone que en el caso de las empresas prestadoras que no se encuentren dentro del supuesto antes señalado, por única vez, rige lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N.º 009-2007-SUNASS-CD (RGT), tal como es en el caso de EPS SEDA HUÁNUCO.Que, en ese sentido, corresponde que el presente procedimiento se continúe tramitando bajo lo dispuesto en el RGT. Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el RGT, se ha cumplido con: i) publicar en el diario o fi cial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) realizar la audiencia pública correspondiente el 27 de enero de 2023. Que, la Dirección de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública, conforme se aprecia en el Anexo IV del estudio tarifario que sustenta la propuesta fi nal de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por EPS SEDA HUÁNUCO para el periodo regulatorio 2023-2028. Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de la EPS SEDA HUÁNUCO y disponer la constitución del fondo para fi nanciar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa prestadora. Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres 1, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma, considerando el efecto del cambio climático. Que, teniendo en cuenta la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento 2 y su reglamento3, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven a la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos. Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 26 de abril de 2023. HA RESUELTO:Artículo 1°.- Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EPS SEDA HUÁNUCO S.A. en el periodo regulatorio 2023-2028, así como los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, los cuales se encuentran descritos en el Anexo N.º 1 de la presente resolución. Artículo 2°.- Aprobar la fórmula tarifaria que aplicará EPS SEDA HUÁNUCO S.A. en el periodo regulatorio 2023-2028, de acuerdo con lo especi fi cado en el Anexo N° 2 de la presente resolución. Artículo 3°.- Aprobar la estructura tarifaria del periodo regulatorio 2023-2028 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EPS SEDA HUÁNUCO S.A., conforme al detalle contenido en el Anexo N° 3 de la presente resolución. Artículo 4°.- Disponer la creación de: un fondo para fi nanciar las inversiones con recursos internamente generados por el prestador de servicios de saneamiento, así como las reservas para: 1) implementación de la gestión del riesgo de desastres (GRD) y adaptación al cambio climático (ACC), 2) implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE), 3) implementación del plan de control de calidad (PCC) y 4) el pago de deuda indirecta de FONAVI. Para constituir el fondo de inversiones y las reservas para la: 1) implementación de la gestión del riesgo de desastres (GRD) y adaptación al cambio climático (ACC); 2) implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE), 3) implementación del plan de control de calidad (PCC) y 4) el pago de deuda indirecta de FONAVI, EPS SEDA HUÁNUCO S.A. deberá abrir las respectivas cuentas en el sistema bancario, así como depositar mensualmente durante los años