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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (29/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Sábado 29 de abril de 2023 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Delegan a la Gerencia General, las funciones del Consejo Directivo contenidas en el literal j) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000035-2023-PRE/INDECOPI San Borja, 26 de abril del 2023VISTOS:El Memorándum N° 000043-2023-PRE/INDECOPI, Informe N° 000278-2023-OAJ/INDECOPI, Memorándum N° 000046-2023-OAJ/INDECOPI, Informe N° 000311-2023-OAJ/INDECOPI y el Acuerdo N° 018-2023 del Consejo Directivo del INDECOPI, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 4 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo N° 1033 y modi fi catorias, establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo del Indecopi; Que, el literal f) del artículo 5 de la referida Ley señala que una de las funciones del Consejo Directivo es la de plani fi car y aprobar las políticas institucionales en las materias de competencia del Indecopi y en los asuntos de administración interna; Que, sobre el particular, el literal j) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 063-2021-PRE/INDECOPI, establece como función del Consejo Directivo expedir directivas que normen el funcionamiento administrativo del INDECOPI; Que, asimismo, el literal i) del artículo 11 de la norma bajo comentario señala como funciones de la Presidencia Ejecutiva, las que le sean asignadas por el Consejo Directivo; Que, en este sentido, mediante Acuerdo N° 018-2023 del Consejo Directivo de fecha 19 de abril de 2023, se aprueba la delegación de la función del Consejo Directivo, establecida en el inciso j) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, hacia el Gerente General, con cargo a dar cuenta en cada sesión del Consejo Directivo, de la aprobación de las Directivas, de ser el caso; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Por su parte, el numeral 78.3 del artículo citado, dispone que mientras dure la delegación, no podrá el delegante ejercer la competencia que hubiese delegado, salvo los supuestos en que la ley permite la avocación; Que, adicionalmente, el artículo 79 añade que, el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, y podrá ser responsable con este por culpa en la vigilancia; Que, mediante Informe N° 000311-2023-OAJ/ INDECOPI de fecha 25 de abril de 2023 la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que la Ley de Organización y Funciones, el Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi y el Acuerdo N° 018-2023 del Consejo Directivo, facultan a la Presidencia Ejecutiva de la Institución para emitir la resolución mediante la cual delegue la función del Consejo Directivo, establecida en el inciso j) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, hacia el Gerente General. Con el visto bueno de la Gerencia General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI aprobado por Resolución N° 063-2021-PRE/INDECOPI y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General aprobada por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Delegar a la Gerencia General, las funciones del Consejo Directivo contenidas en el literal j) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado con Resolución N° 063-2021-PRE/INDECOPI. Regístrese, comuníquese y publíquese.KARIN CÁCERES DURANGO Presidenta Ejecutiva 2173232-1 Designan Jefe de la Oficina de Promoción y Difusión RESOLUCIÓN N° 000107-2023-GEG/INDECOPI San Borja, 27 de abril del 2023VISTOS:El Memorándum N° 000244-2023-GEG/INDECOPI, el Informe N° 000191-2023-ORH/INDECOPI y el Informe N° 000322-2023-OAJ/INDECOPI; CONSIDERANDO:Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el personal de con fi anza se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente; Que, de conformidad al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, aprobado por Resolución Ministerial N° 247-2021-PCM, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 23 de octubre de 2021, y cuya última actualización fue aprobada con Resolución N° 000008-2023-ORH/INDECOPI, el puesto de Jefe(a) de la Ofi cina de Promoción y Difusión (CAP 546) se encuentra clasi fi cado como un cargo de con fi anza; Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias, establece como una de las funciones de la Gerencia General el designar y remover al personal de la Institución; Que, el literal e) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución N° 000060-2021-PRE/INDECOPI, establece que la Gerencia General designa a los Jefes de los Órganos de Apoyo; Que, el numeral 06.4 del artículo 6 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, establece que la O fi cina de Promoción y Difusión constituye un Órgano de Apoyo de la Institución; Que, mediante Memorándum N° 000244-2023-GEG/ INDECOPI, la Gerencia General solicita a la O fi cina de Recursos Humanos evaluar a la señora LILI CARMEN