Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (29/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Sábado 29 de abril de 2023 El Peruano / Metas de GestiónUnidad de MedidaAño 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Porcentaje de avance fi nanciero del programa de inversiones de la EP% 2 44 76 28 0 1 0 0 Porcentaje de ejecución de la reserva para la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE)% 2 95 07 58 9 1 0 0 Porcentaje de ejecución de la reserva para la implementación de la gestión del riesgo de desastres (GRD) y adaptación al cambio climático (ACC)% 29 42 98 100 100 Porcentaje de ejecución de la reserva para la implementación del plan de control de calidad (PCC)% - - 22 55 100 b) Metas de gestión a nivel de localidad HUÁNUCO Metas de GestiónUnidad de MedidaAño 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Reemplazo de medidores# 6 483 6 483 5 728 8 480 4 106 Micromedición(*)% 100 100 100 100 100 Catastro técnico % - - - 50 100 Catastro comercial % - - - 50 100 Agua no facturada 1/% - - ANF ANF-2 ANF-4 Continuidad 1/Horas/día - C C C C Presión 1/m.c.a. - P P P P (*) Esta meta de gestión representa el cociente del número de conexiones con medidor leído sobre el número de conexiones activas de agua potable. 1/ La O fi cina Desconcentrada de Servicios de SUNASS en Huánuco (ODS Huánuco) determinará el valor del año base para la meta de continuidad promedio (C) y presión promedio (P) en el segundo año regulatorio. Dichas metas se medirán a través de los data logger instalados en el primer año regulatorio. El valor de C no puede ser menor a 21 horas/día y el valor de P no puede ser menor a 17 m.c.a. Asimismo, para la meta de agua no facturada (ANF), la ODS Huánuco determinará el valor del año base correspondiente al tercer año regulatorio. TINGO MARÍA Metas de GestiónUnidad de MedidaAño 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Reemplazo de medidores# 7 396 - - 1 580 - Micromedición(*)% 100 100 100 100 100 Catastro técnico % - - 50 100 100 Catastro comercial % - - 50 100 100 Agua no facturada 1/% - ANF ANF-2 ANF-2 ANF-4 Continuidad 1/Horas/día - C C C+1 C+1 Presión 1/m.c.a. - P P P P (*) Esta meta de gestión representa el cociente del número de conexiones con medidor leído sobre el número de conexiones activas de agua potable. 1/ La O fi cina Desconcentrada de Servicios de SUNASS en Huánuco (ODS Huánuco) determinará el valor del año base para la meta de continuidad promedio (C) y presión promedio (P) en el segundo año regulatorio. Dichas metas se medirán a través de los data logger instalados en el primer año regulatorio. El valor de C no puede ser menor a 19 horas/día y el valor de P no puede ser menor a 13 m.c.a. Asimismo, para la meta de agua no facturada (ANF), la ODS Huánuco determinará el valor del año base correspondiente al segundo año regulatorio. AUCAYACU Metas de GestiónUnidad de MedidaAño 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Reemplazo de medidores# 2 169 - - 1 907 - Micromedición(*)% 100 100 100 100 100 Catastro técnico % - - 50 100 100 Catastro comercial % - - 50 100 100 Agua no facturada % 22 22 22 22 22Metas de GestiónUnidad de MedidaAño 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Continuidad 1/Horas/día - C C+3 C+3 C+3 Presión 1/m.c.a. - P P P P (*) Esta meta de gestión representa el cociente del número de conexiones con medidor leído sobre el número de conexiones activas de agua potable. 1/ La O fi cina Desconcentrada de Servicios de SUNASS en Huánuco (ODS Huánuco) determinará el valor del año base para la meta de continuidad promedio (C) y presión promedio (P) en el segundo año regulatorio. Dichas metas se medirán a través de los data logger instalados en el primer año regulatorio. El valor de C no puede ser menor a 19 horas/día y el valor de P no puede ser menor a 25 m.c.a. II.- FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN Para efecto de las acciones de fi scalización y sanción, la SUNASS veri fi cará que al fi nal de cada año del periodo regulatorio EPS SEDA HUÁNUCO S.A. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG. - El 80% del ICI a nivel de EPS SEDA HUÁNUCO S.A.- El 80% del ICI a nivel de localidad El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el Anexo II “Criterios para la evaluación de las Metas de Gestión” del estudio tarifario. ANEXO N° 2 FÓRMULA TARIFARIA DE EPS SEDA HUÁNUCO S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2023-2028 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DEL INCREMENTO TARIFARIO FÓRMULA TARIFARIA BASE Por el servicio de agua potable Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,000) (1 + Φ)T 1 = T0 (1 + 0,000) (1 + Φ) T2 = T1 (1 + 0,082) (1 + Φ)T 2 = T1 (1 + 0,082) (1 + Φ) T3 = T2 (1 + 0,040) (1 + Φ)T 3 = T2 (1 + 0,040) (1 + Φ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + Φ)T 4 = T3 (1 + 0,000) (1 + Φ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + Φ)T 5 = T4 (1 + 0,000) (1 + Φ) Donde To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1T2 : Tarifa media que corresponde al año 2T3 : Tarifa media que corresponde al año 3T4 : Tarifa media que corresponde al año 4T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Los incrementos tarifarios de 8,2% en el segundo año y de 4,0% en el tercer año, en los servicios de agua potable y alcantarillado, permitirán fi nanciar: i) los costos incrementales de operación y mantenimiento de los servicios de agua potable y alcantarillado; ii) los costos de inversión de los proyectos a ser fi nanciados con recursos internamente generados y iii) costos e inversiones para la: implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE), implementación de gestión del riesgo de desastres (GRD) y adaptación al cambio climático (ACC) e implementación del plan de control de calidad (PCC). De otro lado, en el periodo regulatorio 2023-2028 se realizarán reordenamientos en la estructura tarifaria, los cuales representarán incrementos tarifarios promedio de 4,0% en el tercer y cuarto años, y de 2,0% en el quinto año. Las condiciones de aplicación del incremento tarifario base de EPS SEDA HUÁNUCO S.A. para el periodo regulatorio 2023-2028 se encuentran establecidas en el capítulo de Fórmula tarifaria, sección XIII.2 del estudio tarifario, el cual puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/ informes-publicaciones