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22 NORMAS LEGALES Martes 8 de agosto de 2023 El Peruano / Contando con el visto de la Subsecretaría General, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, Decreto Supremo N° 077-2016-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, modi fi cado por Decreto Supremo N° 037-2017- PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación Designar al señor ALEJANDRO LORENZO GONZÁLES GONZÁLEZ, en el cargo de Director de la Ofi cina de Recursos Humanos del Despacho Presidencial. Artículo 2.- Notifi cación Notifíquese la presente Resolución al señor Alejandro Lorenzo Gonzales González y a la O fi cina de Recursos Humanos del Despacho Presidencial, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTONIO MIRRIL RAMOS BERNAOLA Secretario General(e) 2202966-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Aprueban versión actualizada de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN” y establecen plazo para publicar reportes de seguimiento de planes institucionales y último día para publicar informe de evaluación de planes institucionales RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 0061-2023/CEPLAN/PCD Lima, 4 de agosto de 2023VISTO: El Proveído N° D0001732-2023-CEPLAN-DE, de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° D0000097-2023-CEPLAN-DNSE, de la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación, el Informe Nº D0000191-2023-CEPLAN-OAJ y el Informe Nº D0000196-2023-CEPLAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 6 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que dentro de las funciones del Poder Ejecutivo se encuentra el “plani fi car, normar, dirigir, ejecutar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en conformidad con las políticas de Estado”; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el subnumeral 3 del numeral I artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1088 dispone que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, asimismo, el sub numeral 16 del numeral II del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1088, sostiene que dentro de las funciones especiales del Ceplan en materia de seguimiento y evaluación, se encuentra el desarrollo del seguimiento y evaluación de la gestión estratégica del Estado, que comprende el seguimiento y evaluación de las políticas y planes, los objetivos, los programas y los proyectos prioritarios de desarrollo nacional; Que, a través del Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, y modi fi catorias, se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, con la fi nalidad de desarrollar la rectoría de las políticas nacionales del Poder Ejecutivo en todo el territorio nacional, a fi n de que sean implementadas por las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de los ciudadanos; Que, el numeral 12.2 del artículo 12 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, establece que el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN brinda asistencia técnica a los Ministerios en el diseño, formulación, seguimiento y evaluación de las políticas nacionales; Que, en esa misma línea, el numeral 19.2 del artículo 19 del citado Reglamento dispone que el Ministerio establece reglas para la gestión de la información entre los tres niveles de gobierno, a través de sistemas de información que produzcan, integren y analicen la información para el seguimiento, supervisión y evaluación de las políticas nacionales y la toma de decisiones estratégicas; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN”, que establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y con una visión de largo plazo; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 001-2017/CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN ”, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN aprueba la actualización de guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de políticas y planes a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, en cumplimiento de dicho mandato, el CEPLAN ha desarrollado y aprobado la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00015-2021-CEPLAN/PCD, el cual constituye un documento metodológico donde se establecen pautas generales y especí fi cas para el desarrollo del seguimiento y evaluación de las políticas nacionales y planes para los tres niveles de gobierno, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, como parte del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y con la fi nalidad de continuar fortaleciendo la metodología de seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes, el CEPLAN ha realizado la actualización de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN; Que, el Director Nacional de la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación, presentó al Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, la versión actualizada de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes