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41 NORMAS LEGALES Martes 8 de agosto de 2023 El Peruano / JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA Modifican el Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de el/la Jefe(a) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público RESOLUCIÓN Nº 651-2023-JNJ Lima, 3 de agosto del 2023VISTOS:Los acuerdos adoptados por el Pleno de la Junta Nacional de Justicia en sesiones del 19 de junio y 12 de julio del 2023, relativos a las modi fi caciones de los artículos 6 y 32 del Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de el/la jefe(a) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público; y, CONSIDERANDO:Mediante Resolución Nº 046-2020-JNJ de fecha 16 de junio del 2020 publicada en el diario o fi cial El Peruano el 19 de junio del 2020, la Junta Nacional de Justicia aprobó el Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de los/las Jefes(as) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público, en adelante reglamento de concursos. La Ley N° 31227, Ley que trans fi ere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fi scalización y sanción respecto a la declaración jurada de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos, y el Reglamento para implementar la Ley N° 31227, respecto a la recepción, el ejercicio del control, fi scalización y sanción de la declaración jurada de intereses de autoridades, funcionarios y servidores públicos del estado, y candidatos a cargos públicos, aprobado por Resolución de Contraloría N° 162-2021-CG, establecen la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada de intereses de carácter preventivo para los sujetos obligados señalados en el artículo 23 del Reglamento, entre los que se encuentran los candidatos a jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y a jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. Asimismo, se establece que las acciones derivadas de la falta de presentación de estas Declaraciones Juradas de Intereses (DJI) son de fi nidas por las entidades a cargo de los respectivos comicios, concursos y postulaciones. En ese sentido, corresponde que la presentación de la declaración jurada de intereses de carácter preventivo se incorpore como requisito de postulación en el Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de el/la Jefe(a) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público. Por otro lado, se ha identi fi cado que resulta necesario que el artículo 32 del reglamento de concursos precise un plazo para la publicación del examen de conocimientos en el Boletín O fi cial de la Magistratura, por lo que, en observancia de los principios de legalidad, transparencia y publicidad que rigen los procedimientos de selección y nombramiento a cargo de la Junta Nacional de Justicia, corresponde establecer un plazo para la publicación del examen, a fi n que, de manera oportuna, sea de conocimiento público. De conformidad con las atribuciones establecidas en el artículo 24 incisos b) y e) de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia – Ley N° 30916, y a los acuerdos adoptados por unanimidad por el Pleno de la Junta Nacional de Justicia en sus sesiones del 19 de junio y 12 de julio del 2023. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Incorporar el numeral 9 al artículo 6 del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de el/la Jefe(a) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público: “Requisitos de postulaciónArtículo 6°.- (...) 9. Declaración jurada de intereses de carácter preventivo con fi rma digital, conforme a la Ley N° 31227 y su Reglamento aprobado por Resolución de Contraloría N° 162-2021-CG y al Reglamento de la Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales, la que debe presentarse a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Confl icto de Intereses (SIDJI) de la Contraloría General de la República.” Artículo Segundo.- Modi fi car el artículo 32 del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de el/la Jefe(a) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público: “Publicación de resultadosArtículo 32°.- El resultado de la evaluación de conocimientos se comunicará en el plazo de 24 horas, luego de culminadas las evaluaciones. Se noti fi ca a cada postulante y se publica en el BOM, con la relación de postulantes aptos(as) para la siguiente etapa. La califi cación es inimpugnable. Concluida esta etapa, la publicación del examen en el BOM se realiza en un plazo de siete (07) días hábiles, contados a partir de la publicación de los resultados de la citada etapa.” Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Boletín O fi cial de la Magistratura (BOM). Regístrese, comuníquese y publíquese.IMELDA JULIA TUMIALÁN PINTO Presidenta 2202647-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban la conformación de los Grupos Técnicos Regionales de la Comisión Ambiental Regional (CAR) de la Región Madre de Dios CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2023-RMDD/CR POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria realizada el día viernes 02 de junio del 2023, en su sede actual sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa,