Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (12/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Sábado 12 de agosto de 2023 El Peruano / a las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Santa y Tacna. De acuerdo a lo informado por la coordinación de recursos humanos mediante el Informe N.º 1552-2023-CRH-UAF-GAD-CSJLI-PJ, ha presentado una relación de quince plazas CAS que se encuentran en condición de vacante-ocupadas, esto es, que si bien no cuentan con servidor titular se encuentran ocupadas por servidores CAS con contrato laboral vigente hasta el 31 de diciembre de 2023. Por lo que, dicha Corte Superior de Justicia concluye que carece de plazas libres. c) En relación a la conversión de 14º, 16º y 28º Juzgados Penales Liquidadores Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima a otra subespecialidad del Nuevo Código Procesal Penal. La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, a fi n de aliviar la sobrecarga procesal existente en la subespecialidad de procesos por delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado, propone lo siguiente: • Que el 14º Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima se convierta en 29º Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado de la referida Corte Superior de Justicia. • Que el 16º Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima se convierta en 30º Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado de la referida Corte Superior de Justicia. • Que el 28º Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima se convierta 26º Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado de la referida Corte Superior de Justicia. 5.2 Respecto a lo opinado por la O fi cina de Productividad Judicial a) En relación a los juzgados de investigación preparatoria a ser reubicados a las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Santa y Tacna. Al mes de junio de 2023 los juzgados de investigación preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima presentaron una carga pendiente promedio de 132 expedientes, y estiman para fi nes del presente año una carga procesal promedio de 274 expedientes, cifra que resulta inferior al estándar anual de 385 expedientes establecido para un juzgado de investigación preparatoria que tramita procesos comunes, de los cuales, entre otros, el 16º, 17º y 28º Juzgados de Investigación Preparatoria presentan sus plazas vacantes de jueces titulares, siendo posible ser reubicados a las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Santa y Tacna. b) En relación a las plazas requeridas para dotar a los juzgados de investigación preparatoria a ser reubicados a las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Santa y Tacna. No se presenta claridad respecto a lo manifestado por la Corte Superior de Justicia de Lima, sobre las plazas de los juzgados de investigación preparatoria a ser reubicados a las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Santa y Tacna, en razón de que, según lo informado por la coordinación de recursos humanos mediante el Informe N.º 1552-2023-CRH-UAF-GAD-CSJLI-PJ, existe una relación de quince plazas CAS que se encuentran en condición de vacante-ocupadas que, si bien no cuentan con servidor titular, se encuentran ocupadas por servidores CAS con contrato laboral vigente hasta el 31 de diciembre de 2023; por lo cual, es conveniente que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial, realice las gestiones administrativas pertinentes para que se asigne y trans fi era el presupuesto de las plazas CAS que tenga dicha Corte Superior de Justicia a los juzgados de investigación preparatoria que serán reubicados a las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Santa y Tacna; debiendo la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima tomar las previsiones pertinentes para evitar contingencias administrativas que puedan generar la actuación de la Autoridad Administrativa de Trabajo o de la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR); así como posibles demandas a nivel judicial. c) En relación a la conversión del 14º, 16º y 28º Juzgados Penales Liquidadores Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima a otra subespecialidad del Nuevo Código Procesal Penal. Al mes de junio de 2023 el 1º y 2º Juzgados de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado presentaron una carga pendiente promedio de 369 expedientes, y estiman para fi nes del presente año una carga procesal promedio de 504, cifra que resulta superior al estándar de 385 establecido para un juzgado de investigación preparatoria especializado en delitos de corrupción de funcionarios, requiriéndose de nuevos órganos jurisdiccionales en la especialidad. d) En relación a la discordancia entre la información de órganos jurisdiccionales con plazas disponibles de juez titular existente entre la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General y la Corte Superior de Justicia de Lima. En razón a lo manifestado por la Corte Superior de Justicia de Lima mediante O fi cio N.º 000558-2023-P-CSJLI-PJ en el que señala que el 14º y 28º Juzgados Penales Liquidadores de la referida Corte Superior de Justicia cuentan con jueces titulares, la cual fue sustento para dejar sin efecto las reubicaciones del 14º, 16º y 28º Juzgados Penales Liquidadores Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima a las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Santa y Tacna, mediante O fi cio N.º 000737-2023-OPJ-CNPJ- CE-PJ se solicitó a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General que indiquen si dichos juzgados penales liquidadores permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima cuentan con plazas vacantes de jueces titulares, y en qué condición se encuentran los magistrados que laboran en estos, respondiendo mediante O fi cio N.º 003830-2023-GRHB-GG-PJ que las plazas de dicho juzgado están en condición de vacantes y los magistrados que ocuparon dichos juzgados lo han hecho como jueces supernumerarios; razón por la cual la Gerencia de Recursos Humanos en coordinación con la Corte Superior de Justicia de Lima deben de efectuar la conciliación de las plazas de juez que se encuentren vacantes, a fi n de evitar futuras contingencias administrativas. Sexto. Que, el artículo 82, incisos 24, 25 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 1326-2023 de la trigésima tercera sesión extraordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 11 de agosto de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial del Bicentenario “El Peruano”, las siguientes medidas administrativas: 1.1 Reubicar temporalmente, por el periodo de seis meses, con turno cerrado, el 16º Juzgado de Investigación Preparatoria, distrito, provincia y Corte Superior de Justicia