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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (18/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Viernes 18 de agosto de 2023 El Peruano / probable Fenómeno del Niño, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 13 979 803,00 ============ TOTAL EGRESOS 13 979 803,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 038 : Ministerio de la ProducciónUNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de la ProducciónCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0095 : Fortalecimiento de la Pesca ArtesanalPRODUCTO 3000001 : Acciones comunesACTIVIDAD 5000276 : Gestión del ProgramaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 145 868,00 PRODUCTO 3000869 : Agentes de la pesca artesanal acceden a servicios de fi nanciamiento y fortalecimiento de capacidades ACTIVIDAD 5005092 : Fortalecimiento e implementación de herramientas para mejorar el acceso de los agentes a prácticas de comercialización directa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 87 521,00 ACTIVIDAD 5006245 : Capacitación y asistencia técnica del pescador artesanal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 948 140,00 CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en producto ACTIVIDAD 5003609 : Autorización para la extracción y procesamiento de recursos hidrobiológicos de consumo humano directo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 277 149,00 UNIDAD EJECUTORA 003 : Fomento al consumo humano directo – A Comer Pescado CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5003654 : Fomento del consumo de productos hidrobiológicos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 7 672 425,00 GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de activos no fi nancieros 348 700,00 PLIEGO 059 : Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES UNIDAD EJECUTORA 001 : FONDEPESCATEGORÍA PRESUPUESTAL 0094 : Ordenamiento y desarrollo de la acuicultura PRODUCTO 3000787 : Unidad de producción acuícola accede a servicios para innovar y desarrollar la actividad acuícolaACTIVIDAD 5002857 : Apoyo fi nanciero para la acuicultura FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.7 Adquisición de activos fi nancieros 1 928 728,00 CATEGORÍA PRESUPUESTAL 0095 : Fortalecimiento de la pesca artesanal PRODUCTO 3000869 : Agentes de la pesca artesanal acceden a servicios de fi nanciamiento y fortalecimiento de capacidades ACTIVIDAD 5005093 : Apoyo fi nanciero para la pesca artesanal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.7 Adquisición de activos fi nancieros 2 571 272,00 ============ TOTAL EGRESOS 13 979 803,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2206472-1 Crean la “Comisión Consultiva para el Desarrollo de la Infraestructura Nacional” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 009-2023-EF Lima, 17 de agosto de 2023CONSIDERANDOQue, la Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1543, Decreto Legislativo