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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (18/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Viernes 18 de agosto de 2023 El Peruano / incluyendo los procedimientos de selección, entrega de bienes o ejecución de servicios, conformidades y regularizaciones respectivas, de ser el caso; así como desarrollar las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión sectorial está a cargo de la O fi cina General de Administración, la cual brinda el apoyo técnico y administrativo para el cumplimiento del objeto y función de la Comisión sectorial. Artículo 6.- Instalación La Comisión sectorial se instala dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento del plazo a que se refi ere el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 7.- Financiamiento La implementación de Io dispuesto en la presente Resolución Ministerial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 8.- Periodo de vigencia La Comisión sectorial tiene vigencia hasta el 31 de enero de 2024. Artículo 9.- Noti fi cación Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial a los integrantes de la Comisión sectorial, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 10.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2206182-1 Designan Director General de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 379-2023-VIVIENDA Lima, 16 de agosto de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la O fi cina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a partir del 21 de agosto de 2023, al señor José Luis Echevarría Escribens, en el cargo de Director General de la O fi cina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento .Regístrese, comuníquese y publíquese. HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2206198-1 Modifican la R.M. N° 237-2021-VIVIENDA, que aprueba como empresa calificada, para efectos de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, a la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado “Pardo 200” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 385-2023-VIVIENDA Lima, 16 de agosto de 2023VISTOS:Los O fi cios N° 0371-2023/PROINVERSIÓN/DSI y 00479-2023/PROINVERSIÓN/DSI de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN); la Nota N° 255-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento (DGPPCS); el Informe Técnico Legal N° 050-2023-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS-DEPPCS de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento (DEPPCS); el Informe N° 775-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente se aprueba a las personas naturales o jurídicas que cali fi quen para el goce del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgan dicha recuperación, para cada proyecto; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, se aprueba, como empresa califi cada, para efectos de lo establecido en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, a la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado “Pardo 200”, así como se aprueba la Lista de Contratos de Construcción (Anexo I) y el Cronograma de Ejecución de Inversiones (Anexo II) respectivos; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 225-2022-VIVIENDA se modi fi can los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA y se reemplaza el Anexo II de esta última por el Cronograma de Ejecución de Inversiones que como Anexo forma parte integrante de la citada Resolución Ministerial N° 225-2022-VIVIENDA; Que, la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C. presenta con fecha 19 de abril de 2023, una solicitud de modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF y sus modi fi catorias (en adelante, Reglamento), para efectos de modi fi car el plazo de ejecución del compromiso de inversión del proyecto denominado “Pardo 200” y, en ese sentido, modi fi car el Cronograma de Ejecución de Inversiones; Que, el numeral 16.1 del artículo 16 del Reglamento establece que las solicitudes para la modi fi cación de la Resolución Ministerial que aprueba el acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, deben ser presentadas ante PROINVERSIÓN dentro del plazo de vigencia