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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (07/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 7 de diciembre de 2023 El Peruano / VISTOS: El O fi cio Nº 06305-2023-MINDEF/SG de la Secretaría General del Ministerio de Defensa, el Memorando Nº 01643-2023/MINEM-SG de la Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas; el Informe N° 293-2023/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 339-2023-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 1238-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 456-2022-MINEM/DM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas por la suma de S/ 934 024 352,00 (NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES VEINTE Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), de conformidad a lo establecido en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 (en adelante, Ley Nº 31638); Que, el literal b) de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, se dispone que, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se ha asignado recursos en el Pliego Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/ 9 597 626,00 (Nueve millones quinientos noventa y siete mil seiscientos veintiséis con 00/100 soles) para fi nanciar el apoyo que brinden las FFAA a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, para transporte aéreo, terrestre y/o fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros y equipos, entre otros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, y que cuenten con convenios suscritos para dicho fi n.; Que, el segundo párrafo de la Vigésima Cuarta Disposición complementaria Final de la Ley Nº 31638, dispone que, las entidades del Gobierno Nacional que soliciten el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) para el transporte aéreo, terrestre y/o fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros y equipos, entre otros, a fi n de que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizadas, para realizar transferencia fi nanciera a favor del pliego Ministerio de Defensa; Que, asimismo, en el tercer párrafo de la Vigésima Cuarta Disposición complementaria Final de la Ley Nº 31638, señala que, las transferencias autorizadas en la citada Disposición Complementaria se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, en atención a los dispuesto en el Ley N° 31638, el MINEM y el MINDEF, con fecha 10 de noviembre de 2023, suscribieron el Convenio de Colaboración Interinstitucional entre ambas entidades, con el objeto de establecer los mecanismos de coordinación y colaboración interinstitucional, así como los términos y condiciones de las obligaciones entre las partes comprendidas del citado Convenio, para efectivizar lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2023; Que, mediante el O fi cio Nº 06305-2023-MINDEF/SG, la Secretaría General del MINDEF solicita a la Secretaría General del MINEM, que realice la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa por el importe de S/ 991 150,51 (NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA CON 51/100 SOLES), conforme al anexo con el detalle consolidado de los reportes de horas de vuelo solicitado por esta Entidad, en el marco de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638; Que, con Memorando Nº 01643-2023/MINEM-SG, la Secretaría General solicita a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto que gestione la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Defensa, a fi n de fi nanciar el servicio que ha brindado las Fuerzas Armadas a la Entidad, conforme a lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 31638; Que, mediante Informe N° 293-2023/MINEM-OGPP- OPRE, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal, señalando que, el Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas cuenta con saldos de recursos presupuestales en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 991 151,00 (Novecientos noventa y un mil ciento cincuenta y uno y 00/100 soles), para efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Defensa, de acuerdo a lo establecido en la cláusula sexta del citado Convenio; aunado a ello, con lo señalado en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638; Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto aprobó el Certi fi cado de Crédito Presupuestario Nº 2023-02805-001, por el importe de S/ 991 151,00 (NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), para efectuar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por el apoyo brindado de transporte aéreo en los meses de enero a julio del año 2023; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe Nº 339-2023-MINEM-OGA/OFIN señala que el MINEM dispone de los recursos presupuestales y fi nancieros necesarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, así como los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del Ministerio de Defensa por el importe de S/ 991 150,51 (NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y 51/100 SOLES), en el marco de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638; Que contando con la opinión legal favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 1238-2023-MINEM/OGAJ, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Defensa, con forme a lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio De Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 031-2017, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, Unidad Ejecutora N° 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 003 - 470: Ejército Peruano hasta por la suma de S/ 652 526,00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS Y 00/100 SOLES) y Unidad Ejecutora 005 - 472: Fuerza Aérea del Perú hasta por la suma de S/ 338 624,51 (TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO Y 51/100 SOLES), en el marco de la Vigésima Cuarta Disposición complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas, Unidad Ejecutora N° 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, según detalle: Fuente de Financiamiento : 1. Recursos Ordinarios Unidad Ejecutora : 001 Ministerio De Energía y Minas – Central Gastos Corrientes 2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 991 150,51