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45 NORMAS LEGALES Jueves 7 de diciembre de 2023 El Peruano / vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2242635-1 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Designan responsables de la Unidad Ejecutora de Inversiones de COFOPRI y de la Unidad Ejecutora de Inversiones del Proyecto: “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque, la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”, a cargo de la Unidad Ejecutora 003 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000152-2023-COFOPRI-DE San Isidro, 5 de diciembre del 2023VISTOS: Los Memorandos Nros. D004457-2023-COFOPRI- OPP y D004479-2023-COFOPRI-OPP del 01 y 05 de diciembre de 2023, respectivamente, emitidos por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° D000731-2023-COFOPRI-OAJ del 05 de diciembre de 2023, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252 se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como Sistema Administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 5.7 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 242-2018-EF, establece que “Las Unidades Ejecutoras de Inversiones son los órganos responsables de la ejecución de las inversiones y se sujetan al diseño de las inversiones aprobado en el Banco de Inversiones”; Que, de acuerdo al numeral 13.2 del artículo 13 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) son unidades ejecutoras, entre otras unidades de organización, las que requieren contar con competencias legales y con capacidad operativa y técnica necesarias; correspondiendo a la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) registrar a las Unidades Ejecutoras de Inversiones, actualizar y cancelar su registro en el Banco de Inversiones, conforme al numeral 18 del artículo 10 del precitado Reglamento;Que, el numeral 7.4, del artículo 7 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, “Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, dispone que el Responsable de la OPMI registra como UEI a las unidades ejecutoras presupuestales que ejecutan inversiones y a sus Responsables en el Banco de Inversiones mediante el Formato Nº 03: Registro de la UEI y su Responsable. En caso la UEI a ser registrada no coincida con una unidad ejecutora presupuestal, debe veri fi car que la unidad de organización, programa o proyecto especial cuente con las competencias legales y la capacidad operativa y técnica necesarias para la ejecución de inversiones y para realizar los registros en la fase de Ejecución. La UEI registrada puede coincidir o formar parte de una Unidad Formuladora y viceversa; Que, de acuerdo al Formato Nº 03 antes mencionado, para el registro del Responsable de la UEI debe considerarse a los responsables de las unidades ejecutoras presupuestales designados en el marco de la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público o a quien se designe de acuerdo a la normativa interna de la entidad, quienes están a cargo de la administración y la ejecución presupuestaria de las mismas. En caso la UEI a ser registrada no coincida con una unidad ejecutora presupuestal, se considera como responsable a quien se designe de acuerdo a la normativa interna de la entidad. El Responsable de la UEI no puede formar parte de ninguna OPMI; Que, con Resolución Ministerial N° 246-2018-VIVIENDA del 03 de julio de 2018, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 04 de julio de 2018, se designó a la O fi cina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI, como órgano que realiza las funciones de la Unidad Ejecutora de Inversiones de la entidad; asimismo, designándose al Director de la O fi cina de Administración, como responsable de la citada Unidad Ejecutora de Inversiones; Que, mediante Resolución Directoral N° D000028- 2023-COFOPRI-DE del 15 de febrero de 2023, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 17 de febrero de 2023, se dispuso en su artículo 2, designar al señor Edwin Ernesto Alarcón Mundaca, Director de la O fi cina de Administración, como responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI, a que se re fi ere la Resolución Ministerial N° 246-2018-VIVIENDA; Que, mediante Resolución Directoral Nº D000091- 2020-COFOPRI-DE, del 09 de octubre de 2020, se resuelve formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 003: Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del Departamento de Lambayeque; la Provincia de Lima del Departamento de Lima y la Provincia de Piura del Departamento de Piura, del Pliego 211: Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI, y designarla como el órgano que realizará las funciones de Unidad Ejecutora de Inversiones; Que, mediante Resolución Directoral Nº D000072- 2023-COFOPRI-DE del 13 de mayo de 2023, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 14 de mayo de 2023, se dispuso en su artículo 2, designar al señor José Antonio Neira Reymer, Coordinador General (e) del Proyecto de Inversiones: “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque, la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”, como Responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones del Proyecto: “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque, la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”, a cargo de la Unidad Ejecutora 003, a que se re fi ere la Resolución Directoral N° D000091- 2020-COFOPRI-DE; Que, mediante Resolución Directoral Nº D000146- 2023-COFOPRI-DE del 30 de noviembre de 2023, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 01 de diciembre de 2023, se dispuso en su artículo 1, exonerar