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31 NORMAS LEGALES Jueves 7 de diciembre de 2023 El Peruano / Vistos, el Informe N° D000803-2023-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal; los Memorándum N° D001807-2023-MIMP-OGRH y N° D001857-2023-MIMP-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° D000235-2023-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional; el Memorándum N° D001338-2023-MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000998-2023-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el artículo 4 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que el sistema administrativo de gestión de recursos humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos; Que, el artículo 5 de la Ley N° 30057 señala que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) formula la política nacional del Servicio Civil, ejerce la rectoría del sistema y resuelve las controversias de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la referida Autoridad Nacional, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de organización del trabajo y su distribución de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Diseño de los puestos y b) Administración de puestos; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” que tiene por objetivo establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones. En el literal c) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la citada directiva se señala que el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, los sub numerales 5.2.3 y 5.2.4 del numeral 5 de la mencionada Directiva establecen como responsabilidad de la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces elaborar la propuesta del MCC y/o de sus modi fi caciones, de corresponder, así como el informe técnico sustentatorio; y de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces emitir opinión sobre las propuestas del MCC y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones-ROF o Manual de Operaciones-MOP vigente, según corresponda, respectivamente; Que, el literal h) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH dispone que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos el/la Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; quien de conformidad con el sub numeral 6.1.7 del numeral 6 de la citada directiva aprueba el MCC;Que, de acuerdo con el artículo 14 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 362-2023-MIMP, en adelante ROF del MIMP, la Secretaría General es la más alta autoridad administrativa del Ministerio; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 029-2023-MIMP/SG se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Unidad Ejecutora: 001 Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, a través del Informe N° D000803-2023-MIMP-OPTP de la Ofi cina de Procesos Técnicos de Personal, sustenta la necesidad de aprobar un nuevo Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables acorde con la nueva estructura orgánica prevista en el ROF del MIMP, habiéndose precisado que su elaboración se ha efectuado en el marco de lo dispuesto en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, la Directiva N° 001-2022-SERVIR-PE “Elaboración y aprobación de perfi les en el sector público”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00027-2023-SERVIR-PE y en la “Guía para la elaboración de per fi les en el sector público”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 029-2023-SERVIR-PE, así como de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; correspondiendo derogar la Resolución de Secretaria General N° 029-2023-MIMP-SG que aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos hasta ahora vigente; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del Informe N° D000235-2023-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; señalando que los cargos estructurales se encuentran alineados con los correspondientes Órganos de la Estructura Orgánica aprobada en el ROF del MIMP; Que, mediante Informe N° D000998-2023-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base del marco normativo expuesto y lo sustentado por los órganos competentes de la entidad, emite opinión favorable para continuar con el trámite de emisión de la presente resolución; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Resolución Ministerial N° 362-2023-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp),