Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (07/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Jueves 7 de diciembre de 2023 El Peruano / Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas http://intranet.minem.gob.pe/, en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; así como también, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía Y Minas 2242391-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban el Lineamiento N° 001-2023- JUS/SG “Lineamiento para la atención de denuncias sobre actos de corrupción en la entidad y el otorgamiento de medidas de protección al/a la denunciante” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 0127-2023-JUS Lima, 6 de diciembre de 2023VISTOS; el Informe N° 151-2023-JUS/OILC, de la Ofi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Informe N° 117-2023-JUS/OGPM-OOM, de la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 1344-2023-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1327, se establecen medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciones a las denuncias realizadas de mala fe, disponiéndose en el numeral 3.1 del artículo 3 de la precitada norma legal, que la misma resulta aplicable a todas las entidades descritas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con excepción de las personas jurídicas bajo el régimen privado que prestan servicios públicos o ejercen función administrativa, en virtud de concesión, delegación o autorización del Estado, conforme a la normativa de la materia; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2020-JUS, señala que las entidades bajo el ámbito de aplicación de dicho dispositivo tienen un plazo de noventa (90) días calendario para emitir las directivas y protocolos necesarios para su implementación; estableciendo que dicha regulación debe difundirse por los canales habituales que la entidad utiliza para comunicarse con todos los/as servidores/as civiles que la integran, además de publicitarse en los espacios comunes y de atención al público y a proveedores y contratistas de la entidad; Que, teniendo en cuenta el citado marco legal, con Resolución de Secretaría General N° 0114-2020-JUS se aprobó el Lineamiento N° 002-2020-JUS/SG “Lineamiento para la atención de denuncias sobre actos de corrupción en la entidad y el otorgamiento de medidas de protección al/a la denunciante”; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, la O fi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción es una unidad orgánica dependiente de la Secretaría General, la cual tiene como una de sus principales funciones, la de recibir, sistematizar y realizar el seguimiento a las denuncias sobre actos de corrupción de acuerdo a los procedimientos establecidos; así como, la evaluación de los hechos y documentos que sustentan tales denuncias, disponiendo la aplicación de las medidas de protección al denunciante o testigos, según corresponda; Que, mediante documento de vistos, la O fi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción, propone la aprobación de un nuevo proyecto normativo denominado “Lineamiento para la atención de denuncias sobre actos de corrupción en la Entidad y el otorgamiento de medidas de protección al/a la denunciante” y la derogación del que fuera aprobado con Resolución de Secretaría General N° 0114-2020-JUS; Que, el literal b) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, señala que la Secretaría General ejerce, entre otras funciones, la de aprobar las directivas, planes y programas de carácter administrativo del Ministerio; Que, contando con el visado de la O fi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, la Directiva N° 05-2020-JUS/SG “Directiva para normar la elaboración de directivas y lineamientos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 0039-2020-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Secretaría General N° 0114-2020-JUS que aprobó el Lineamiento N° 002-2020-JUS/SG “Lineamiento para la atención de denuncias sobre actos de corrupción en la entidad y el otorgamiento de medidas de protección al/a la denunciante”. Artículo 2.- Aprobar el Lineamiento N° 001-2023-JUS/ SG “Lineamiento para la atención de denuncias sobre actos de corrupción en la entidad y el otorgamiento de medidas de protección al/a la denunciante”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución de Secretaría General y su Anexo en la Sede Digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/ minjus), en la misma fecha de la publicación de la citada Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CHARLES NAPURÍ GUZMÁN Secretario General 2242429-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 064-2023-MIMP/SG Lima, 6 de diciembre de 2023