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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (08/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Viernes 8 de diciembre de 2023 El Peruano / al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 del Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Meta 17, Especi fi ca de Gasto 2.4.2.3.11, de acuerdo al siguiente detalle: MetaProgra- maProducto / ProyectoActividad/ Acciones de Inversión / ObraEspecí fi ca de GastoMonto a Certi fi car (S/)Monto a Ampliar de Certi fi cación (S/) 17 9002 2.474220 6.000010 2.4.2.3.1.1 342,029.00 TOTAL 342,029.00 Artículo 3.- Limitaciones al Uso de los Recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Acciones Administrativas Disponer que la O fi cina de Administración efectúe las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; Artículo 5. Publicación Disponer que la presente resolución de presidencia ejecutiva se publique en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES (www.sanipes.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar, en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese.ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Presidenta Ejecutiva (e)Organismo Nacional de Sanidad PesqueraSANIPES 2242888-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS FUERO MILITAR POLICIAL Eligen a Vocal Supremo del Tribunal Supremo Militar Policial como Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial y del Fuero Militar Policial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 025-2023-FMP/CE/P Lima, 4 de diciembre de 2023 CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29182, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el párrafo quinto del artículo 5° de la citada Ley, modi fi cado por Ley N° 31927, establece que, el Presidente del Consejo Ejecutivo preside el Fuero Militar Policial. Es elegido por los miembros del Consejo Ejecutivo entre los Vocales Supremos Titulares de la Sala Suprema Revisora o el Fiscal Supremo Titular ante dicha Sala. Ejerce el cargo por un periodo de dos años y puede ser reelegido, por única vez, por un periodo igual; Que, en sesión de fecha 04 de diciembre de 2023, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, acordó elegir al señor Mayor General FAP (R) Arturo Antonio Giles Ferrer, como Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial y del Fuero Militar Policial; por el periodo de dos años, a partir del 07 de diciembre de 2023; De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 1) del artículo 23° del Reglamento de la Ley N° 29182; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Elegir, al señor Mayor General FAP (R) Arturo Antonio Giles Ferrer, Vocal Supremo del Tribunal Supremo Militar Policial; como Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial y del Fuero Militar Policial; por el periodo de dos años, a partir del 07 de diciembre de 2023. Artículo 2°.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución a la señora Presidenta Constitucional de la República, Presidente del Congreso de la República, Presidente del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Ministro de Defensa, Ministro del Interior, Ministro de Justicia y Derechos Humanos; y, Magistrado electo. Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución Administrativa en el diario o fi cial “El Peruano”, en la Plataforma Digital del Estado Peruano (www.peru.gob.pe); y, en la Página Web del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS VILLAVISENCIO CONSIGLIERI Presidente del Consejo Ejecutivodel Fuero Militar Policial 2242797-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de autoridades, decanos y miembro de la Comisión Pasantía Semestral Docente de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno a Brasil, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2956-2023-R-UNA Puno, 10 de noviembre del 2023VISTOS: El OFICIO Nº 452-2023-VRI-UNA-PUNO (07-11- 2023), cursado por el Vicerrector de Investigación de esta Casa Superior de Estudios; y, el MEMORANDUM Nº 1068-2023-SG-UNA-PUNO (10-11-2023) emitido por Secretaría General – UNA-PUNO, referidos al requerimiento y aprobación de autorización de viaje a la República de BRASIL, de Autoridades, Decanos de Facultad, Director de la Escuela de Posgrado y miembro de la Comisión Pasantía Semestral Docente, de la UNA-PUNO, con fi nes de sostener reuniones con el fi n de realizar trabajos a través de convenios de cooperación y visitas técnicas a las instalaciones de universidades de dicho país; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; Que, la Ley Nº 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios