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57 NORMAS LEGALES Viernes 8 de diciembre de 2023 El Peruano / - Realizar actividades de difusión y sensibilización a diferentes actores de la Región sobre el proceso de Zoni fi cación Forestal, - Participar y brindar aportes técnicos durante la formulación de la Zoni fi cación Forestal, - Socializar los resultados de la Zoni fi cación Forestal, - Elaborar el expediente de la Zoni fi cación Forestal y presentarlo ante el SERFOR. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, efectué las coordinaciones con el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego a través del Servicio Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR para la opinión técnica que conlleve a la aprobación de la Zoni fi cación y Ordenamiento Forestal de la Región Ucayali. Artículo Segundo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional, de trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, realizar la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, asimismo a la O fi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Artículo Quinto.- NOTIFIQUESE con la presente Ordenanza a las instancias correspondientes a fi n de que asuman las funciones de su competencia. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Pucallpa, a los catorce días del mes de julio del año dos mil veintitrés. MANUEL JESUS ANTONIO HUAMAN PresidenteConsejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 02 AGO. 2023 MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 2202822-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Aprueban el Reglamento Interno del Concejo – RIC de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa ORDENANZA N° 003-2023-MCPSMH C.P Santa María de Huachipa, 26 de enero del 2023 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA MARÍA DE HUACHIPAVISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha 13 de enero, el Informe Nº 002-2023-SG-MCPSMH de Secretaria General, el Informe Nº 005-2023-MCPSMH/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando Nº 027-2023-MCPSMH/GM, sobre la propuesta de Ordenanza que aprueba el nuevo Reglamento Interno del Concejo (RIC) del Concejo Municipal del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, con las precisiones efectuadas por los miembros del citado Concejo; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado, en su Artículo 194º, establece que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...). La estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fi scalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les señala la ley”; Que, el Artículo II Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; asimismo, el referido artículo constitucional establece que la estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fi scalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les señala la ley; Que, su artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece en el numeral 3 que el Concejo Municipal es competente para “Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local” y el numeral 8 le faculta a “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; de la misma manera el numeral 12, señala como atribución del Concejo Municipal, entre otras, la de: “Aprobar por ordenanza el reglamento del Concejo Municipal”, y el artículo 40º de la mencionada Ley, dispone en su primer párrafo que “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; las ordenanzas, de conformidad con lo previsto por el artículo 200º inciso 4 de la Constitución, tiene rango de Ley; Que, con Ordenanza Nº 016-2009-MCPSMH, de fecha 19 de setiembre del 2019, se aprobó el Reglamento Interno del Concejo (RIC) de la Municipal del Centro Poblado de Santa María de Huachipa; Que, mediante Informe Nº 002-2023-SG/MCPSMH, Secretaria General, señala “(…) solicitar a través de su despacho se requiera la OPINIÓN LEGAL respecto al Proyecto de Ordenanza Municipal del Reglamento Interno de Consejo Municipal, que consta de 14 capítulos, 6 títulos, 105 artículos y 1 disposición fi nal, para luego ser sometida a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su debate y/o aprobación, se anexa lo suscrito en la referencia, en 23 folios, para sus fi nes correspondientes”; Que, de la evaluación del proyecto presentado, se tiene que este se encuentra estructurado en cinco (06) títulos, referidos a disposiciones generales, de los miembros del Concejo, de las sesiones en general y de las comisiones, con un total de Ciento Cinco artículos (105) y Una (01) disposición fi nal, siendo su estructura interna lógica, ordenada, organizada por títulos, capítulos y artículos, siendo un instrumento jurídico municipal que regula su organización interna, y que contiene los lineamientos de las funciones y obligaciones del mencionado colegiado, esto es, de alcalde y regidores, regulando por tanto la vida interna del Concejo Municipal;