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54 NORMAS LEGALES Jueves 14 de diciembre de 2023 El Peruano / PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA: Resolución 0586-2023/CEB-INDECOPI del 4 de abril de 2023 BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: La exigencia de tramitar el procedimiento denominado Certi fi cado de Control de Sanidad a bordo en aeronaves, cuando, luego de una inspección sanitaria, se encuentran pruebas de infección o contaminación, riesgos microbiológicos, químicos y de otra índole para la salud humana, indicios de medidas sanitarias insu fi cientes e información de casos humanos (enfermos o fallecidos); materializada en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional del Callao con código A1740B9D1A, aprobado por la Ordenanza Regional 0003-2023. SUSTENTO DE LA DECISIÓN: El documento denominado “certi fi cado de control de sanidad a bordo en aeronaves” no se encuentra previsto en el Reglamento Sanitario Internacional (2005), por lo que su exigencia y la obligación de tramitar un procedimiento administrativo para su obtención, vulneran el referido reglamento, cuyo cumplimiento es obligatorio para todos los Estados parte de la Organización Mundial de la Salud, como lo es Perú. Asimismo, el procedimiento denominado “Certi fi cado de Control de Sanidad a Bordo en Aeronaves”, no ha sido creado a través de una ordenanza regional o un decreto supremo, sino que se impuso únicamente en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional del Callao, y anteriormente, en el TUPA de la Dirección Regional de Salud (DIRESA) Callao, por lo cual vulnera los incisos 40.1 y 40.3 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. ORLANDO VIGNOLO CUEVA Presidente 2243578-1 Declaran barrera burocrática ilegal lo dispuesto en el Artículo 12 de la Ordenanza 035-MDLV de la Municipalidad Distrital de La Victoria, que dispuso la Creación de Zona de Reglamentación Especial denominada “Damero de Gamarra”, modificada por la Ordenanza 298/MLV RESOLUCIÓN N° 0713-2023/SEL-INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 17 de noviembre de 2023 ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Municipalidad Distrital de La Victoria NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Artículo 12 de la Ordenanza 035-MDLV, Ordenanza que dispone la Creación de Zona de Reglamentación Especial denominada “Damero de Gamarra”, modi fi cada por la Ordenanza 298/MLV PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA: Resolución 0580-2023/CEB-INDECOPI del 4 de abril de 2023 BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: La prohibición de estacionar vehículos pesados y de carga en las vías que conforman el perímetro de las zonas A y B del Damero de Gamarra, así como en el tramo de la Av. Aviación entre la Av. 28 de Julio y la Av. México y el tramo de la Av. México entre la Av. Aviación y la Av. San Pablo del perímetro de la zona C del Damero de Gamarra. SUSTENTO DE LA DECISIÓN:De acuerdo con los artículos 17 y 18 de la Ley 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, concordados con el artículo 8 de la Ordenanza 1680, solo las municipalidades provinciales cuentan con competencias normativas en materia de tránsito. Las municipalidades distritales únicamente se encargan de la gestión y la fi scalización. En ese sentido, al imponer la prohibición denunciada la Municipalidad Distrital de La Victoria ha excedido sus competencias contraviniendo lo previsto en los referidos artículos 17 y 18. Cabe precisar que, en el caso de Lima Metropolitana, si las municipalidades distritales consideran necesario el establecimiento de zonas rígidas para el estacionamiento de vehículos en su circunscripción pueden solicitarlo a la Municipalidad Metropolitana de Lima con el debido sustento técnico. ORLANDO VIGNOLO CUEVA Presidente 2243579-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Dejan sin efecto designaciones y designan Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Intendencia Regional Madre de Dios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 000174-2023-SUNAT/800000 DEJA SIN EFECTO DESIGNACIONES Y DESIGNA FEDATARIOS ADMINISTRATIVOS TITULARES Y ALTERNOS DE LA INTENDENCIA REGIONAL MADRE DE DIOS Lima, 11 de diciembre de 2023 CONSIDERANDO: Que, el inciso 1 del artículo 138 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece el régimen de fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que, el inciso 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de ésta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que, mediante Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 008-2020-SUNAT/800000 y N° 000161-2022-SUNAT/800000, se designó a diversos servidores como Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Intendencia Regional Madre de Dios;