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62 NORMAS LEGALES Jueves 14 de diciembre de 2023 El Peruano / Que, la Unidad de Presupuesto de la UNCA, otorga la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000000767, por el monto de S/. 26, 734.23 (Veintiséis mil setecientos treinta y cuatro con 23/100 soles), garantizando que se cuenta con crédito presupuestario para atender el costo de control concurrente, con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios: 00. Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Nº 031-2023-UNCA-DGA de fecha 24 de octubre de 2023, el Director General de Administración de la UNCA, solicita autorizar mediante acto resolutivo de Presidencia de la UNCA, la transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional 2023 del Pliego 559: U.N. Ciro Alegría, fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, por la suma de S/. 26, 734.23 (Veintiséis mil setecientos treinta y cuatro con 23/100 soles), en favor del Pliego 019: Contraloría General, como parte del Costo de Control Concurrente (1% del saldo de inversión por ejecutar con corte al 14 de setiembre de 2023); Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la Expansión del Control Concurrente, señala que: “Para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se re fi ere el artículo 1 de la presente ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental”; Que, la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que las entidades comprendidas deben efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, por el 1% del saldo de inversión por ejecutar, el cual forma parte del Costo de Control Concurrente; Que, mediante proveído de fecha 25 de octubre de 2023, el Presidente de la Comisión Organizadora, solicitó a la O fi cina de Secretaría General, proyectar Resolución de Presidencia, de acuerdo a lo solicitado en el Informe Nº 031-2023-UNCA-DGA de fecha 24 de octubre de 2023, emitido por el Director General de Administración de la UNCA; Estando a los considerandos precedentes, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, Resolución Viceministerial Nº 087-2023-MINEDU, Resolución Viceministerial Nº 0244-2021-MINEDU, Estatuto de la UNCA y demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional 2022 del Pliego 559: U.N. Ciro Alegría, por la suma de S/. 26, 734.23 (Veintiséis mil setecientos treinta y cuatro con 23/100 soles), en favor del Pliego 019: Contraloría General, como parte del Costo de Control Concurrente (1% del saldo de inversión por ejecutar con corte al 14 de setiembre de 2023), de acuerdo al siguiente detalle: TOTAL ENTIDAD CUI NOMBRE DE LA INVERSIÓNCCC (2%)TRANSFERIR A CGR (1%) 1U.N. Ciro Alegría2513857Creación del Servicio Académico de la Escuela Profesional de Gestión Turística, Hotelería y Gastronomía de la Universidad Nacional Ciro Alegría, Distrito de Huamachuco – Provincia de Sánchez Carrión – Departamento de La Libertad53, 468.46 26, 734.23 TOTAL 53, 468.46 26, 734.23 Artículo Segundo.- ENCARGAR al Director General de Administración de la UNCA, realice las gestiones correspondientes, para la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Funcionario Responsable de Actualización del Portal de Transparencia de la UNCA, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la página web institucional. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución, al despacho de Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación y Dirección General de Administración; para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER JUAN VASQUEZ CRUZ Presidente de la Comisión Organizadora RENÁN TUESTA PANDURO Secretario General 2238296-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Barranca a Costa Rica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 986-2023-UNAB Barranca, 15 de noviembre de 2023 VISTO: El Exp. N° 2134-2023 de la Presidencia, OFICIO N° 162-2023-UNAB-VP. INVEST, OFICIO N° 473-2023-DII-UNAB y la CARTA N° 001-2023-UNAB; CONSIDERANDO:Que, el párrafo cuarto del artículo 18 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 4 del Estatuto de la UNAB;Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 050-2023-MINEDU, de fecha 12 de abril de 2023, se reconformo la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 103-2023-MINEDU, de fecha 21 de julio de 2023, se encarga al Dr. SERAPIO AGAPITO QUILLOS RUIZ Vicepresidente Académico, la Presidencia de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, el artículo 1° de la Ley N° 27619, “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, establece la regulación de la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector