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67 NORMAS LEGALES Jueves 14 de diciembre de 2023 El Peruano / productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2023, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado.” Que, el numeral 2, del referido artículo, mani fi esta que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Este acuerdo del Consejo Regional se publica en el diario o fi cial El Peruano. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza 154-AREQUIPA, establece en su artículo 16 las atribuciones del Consejo Regional, comprendiendo ente ellas la siguiente: 16.24 Aprobar transferencias fi nancieras, mediante Acuerdo Regional, previo informe favorable de la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial. Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 395-2019- GRA/GR se aprobó la Directiva N° 005-2019-GRA/OPDI, que regula las transferencias fi nancieras otorgadas por el Gobierno Regional de Arequipa a entidades públicas y a los gobiernos locales, el cual es un instrumento técnico normativo de gestión institucional que tiene como objetivo, establecer los requisitos y procedimiento interno para las transferencias fi nancieras tanto para la elaboración de expedientes técnicos como para la ejecución de obras y mantenimientos. Que, el Ejecutivo Regional ha remitido al Consejo Regional para aprobación de transferencias fi nancieras un total de cuarenta (40) expedientes, los que han sido remitidos a la Comisión de Planeamiento y Presupuesto para su revisión a la luz del marco normativo descrito. Al respecto, conforme a la documentación enviada en los O fi cios N° 568-2023-GRA/GR y N° 932-2023- GRA/GGR, se ha veri fi cado que se ha cumplido con emitir los informes que establece el numeral 7.2 de la Directiva 005-2019-GRA/OPDI para los proyectos en mención; en efecto, cada proyecto cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal emitida por la Ofi cina de Presupuesto, así como los informes técnicos favorables de la Gerencia Regional de Infraestructura, Ofi cina de Programación de Inversiones y Gerencia de Supervisión y Liquidación de Proyectos. De igual manera, la O fi cina de Asesoría Jurídica del GRA ha emitido los informes legales que establecen que en cada caso se cumplió con los requisitos de la directiva anteriormente señalada. Que, estos informes han sido emitidos en concordancia con la Cuarta Disposición Complementaria Final que agrega que “El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Directiva, constituye falta de carácter disciplinario y se sancionará de acuerdo a las normas correspondientes, según la relación laboral contractual del trabajador, sin perjuicio de las acciones de responsabilidad que correspondan.”, siendo responsabilidad de los funcionarios de las dependencias que han emitido los informes, veri fi car, antes de efectuarse el desembolso de la transferencia fi nanciera, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Directiva N° 005-2019-GRA/OPDI aprobada por Resolución Ejecutiva Regional N° 395-2019-GRA-GR. Por estas consideraciones y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, así como la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA y sus modi fi catorias, el Consejo Regional de Arequipa aprueba lo siguiente: ACUERDA: Primero.- APROBAR las transferencias fi nancieras para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública a favor de las municipalidades que se señalan a continuación, por el monto total de S/ 38,166,426.33 (Treinta y ocho millones, ciento sesenta y seis mil cuatrocientos veintiséis con 33/100 soles):N°Municipalidad distritalProyecto CUI Monto S/ 1 IRAYCREACION DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BÁSICO RURAL CON BIODEGISTORES EN LOS CENTROS POBLADOS DE TUHUANA, CHOQUEC, SAN FRANCISCO, HUICHARA, HUACLLAY, PACAYCHACHA DEL DISTRITO DE IRAY - PROVINCIA DE CONDESUYOS - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA2467465 939,464.89 2 URACAMEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CORIRE, DISTRITO DE URACA - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA2387547 22´112,036.49 3 LARIMEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE ESTANQUE EN EL SECTOR TOMALLIHUAPAMPA DE LA CAMPIÑA AGRICOLA DE LARI DEL DISTRITO DE LARI - PROVINCIA DE CAYLLOMA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA2525839 1´485,582.33 4 VÍTORMEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL SECUNDARIO EN LA I.E. VÍCTOR RAUL HAYA DE LA TORRE EN EL AA.HH. BARRIO NUEVO AA.HH. BARRIO NUEVO DEL DISTRITO DE VITOR - PROVINCIA DE AREQUIPA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA2489697 12´420,569.62 5 TIPÁNMEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO YACMES EN LA LOCALIDAD DE YACMES, DISTRITO DE TIPAN, PROVINCIA DE CASTILLA - AREQUIPA2342990 616,440.08 6 ANDAGUAINSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO SECTOR EL MOLINO, EN LA LOCALIDAD DE ANDAGUA, DISTRITO DE ANDAGUA, PROVINCIA DE CASTILLA - AREQUIPA2174665 592,332.92 38,166,426.33 Segundo.- EXHORTAR a la Secretaría Técnica a que identi fi que si existen presuntas responsabilidades en los funcionarios públicos que evaluaron los expedientes técnicos, fi nancieros, conforme a la Directiva N° 005- 2019-GRA/OPDI aprobada por Resolución Ejecutiva Regional N° 395-2019-GRA-GR. En consecuencia, de ser el caso, se aperturen los procesos sancionadores correspondientes. Tercero.- DISPONER que Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de obras o quién haga sus veces, informe mensualmente al Consejo Regional sobre el debido cumplimiento del convenio, bajo responsabilidad funcional conforme a la Directiva precitada. Cuarto.- DISPONER que, antes de efectuarse el desembolso de la transferencia fi nanciera, la Gerencia Regional de Infraestructura veri fi que el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Directiva Nro.: 005-2019-