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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES CENTRAL DE COMPRAS PÚBLICAS Aprueban veintiséis (26) Fichas Técnicas del rubro Componentes y suministros de fabricación, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, y modifican una Ficha Técnica RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000169-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 20 de diciembre del 2023VISTOS:El Informe N° 000213-2023-PERÚ COMPRAS- DES, de fecha 30 de noviembre de 2023, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; y el Informe N° 000355-2023-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 13 de diciembre de 2023, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; y; CONSIDERANDO:Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y tiene como funciones, entre otras, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018; Que, el numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, en adelante “el Reglamento”, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, así como los Documentos de Información Complementaria de los rubros a los que corresponden, a los que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, el Anexo N° 1 de De fi niciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso”, aprobada por Resolución Jefatural N° 042- 2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones especí fi cas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características especí fi cas del bien o servicio común;Que, el numeral 8.5 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que, para los efectos de la generación y aprobación de una Ficha Técnica, PERÚ COMPRAS, a través de la Dirección de Estandarización y Sistematización, podrá solicitar información u opinión técnica a entidades del Estado, las mismas que deberán responder a lo solicitado de manera idónea, bajo responsabilidad; asimismo, indica que PERÚ COMPRAS comprobará la existencia de organismos evaluadores de la conformidad que permitan veri fi car la calidad del bien o servicio; Que, los numerales 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva señalan que, la Dirección de Estandarización y Sistematización, pre publicará en el Portal Institucional de PERÚ COMPRAS, los proyectos de Fichas Técnicas de los bienes y servicios transables, por un plazo no menor de ocho (8) días hábiles; sin perjuicio de lo señalado, los citados proyectos de Fichas Técnicas se pre publicarán, durante el mismo período, a través del SEACE, donde estará habilitado un formulario electrónico para recibir sugerencias y/o recomendaciones, alternativamente a otras vías; y, una vez transcurrido el mencionado plazo, la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS evaluará las sugerencias y/o recomendaciones recibidas, para lo cual podrá solicitar opinión técnica o información complementaria a las entidades competentes, las que deberán responder a lo solicitado de manera idónea y oportuna, bajo responsabilidad; Que, de otro lado, el numeral 8.14 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que, PERÚ COMPRAS podrá modi fi car o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, previo sustento técnico; Que, respecto al Documento de Información Complementaria establecido en el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento, conforme lo dispuesto en el numeral 8.9 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva, es el Documento de Orientación que contiene los requisitos mínimos obligatorios relacionados al proveedor del bien o servicio y los aspectos relacionados a la certi fi cación de su calidad, obligatorios o facultativos, según sea el caso, los cuales pueden incluir aspectos de muestreo y ensayos, así como las referencias normativas y/o regulatorias de los mismos; Que, de acuerdo con las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva, mediante Resolución Jefatural se aprueba el contenido de fi nitivo de la Ficha Técnica de un bien o servicio, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, su modi fi cación o exclusión del citado Listado, así como la modi fi cación de los Documentos de Información Complementaria; y su correspondiente publicación en la sede digital de PERÚ COMPRAS; Que, mediante Informe N° 000213-2023-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización señala que evaluó la condición de bienes comunes de los productos de las Fichas Técnicas propuestas para su inclusión en el LBSC, conforme al siguiente detalle: i) se veri fi có la existencia de más de un proveedor en el mercado de los bienes objeto de evaluación; y ii) los bienes materia de evaluación cuentan con características usuales en el mercado, sustentadas en los documentos técnicos correspondientes; en ese sentido, concluye que, los productos objeto de análisis cumplen con la condición de bienes comunes, por lo que recomienda la aprobación de la inclusión de veintiséis (26) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Componentes y suministros de fabricación en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, a fi n de contribuir a que las entidades realicen contrataciones e fi cientes; Que, asimismo, la Dirección de Estandarización y Sistematización informa las acciones desarrolladas en cumplimiento de lo dispuesto por los numerales 8.5, 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva; Que, de otro lado, la citada Dirección sustenta la modi fi cación de una (1) fi cha técnica vigente, correspondientes al rubro Componentes y suministros de fabricación del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; en base a aspectos de mejora, así como, en el marco de la implementación del Plan de Sostenimiento Programado, lo cual no afecta la condición de bien común