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114 NORMAS LEGALES Jueves 28 de diciembre de 2023 El Peruano / del Estado, en su artículo 3 numeral 3.1 literal f, señala que la presente norma es de aplicación bajo el termino genérico de entidad, a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas. Asimismo, el numeral 45.3 del artículo 45 del referido Decreto Supremo, en cuanto a las normas que aprueban el Reglamento de Organización y Funciones, señala que, las entidades que no forman parte del Poder Ejecutivo, aprueban su ROF, en el caso de las municipalidades, por Ordenanza Municipal; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, se encuentra facultada para emitir la normativa complementaria para la aplicación de los presentes lineamientos y, en general, en materia de estructura y organización del Estado; Que, el literal a) del numeral 46.1 del artículo 46 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, señala que se requiere la aprobación o modi fi cación de un ROF, entre otros, en el siguiente supuesto: por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización, en este supuesto el informe técnico para justi fi car el ROF contiene las secciones 1, 2 y 3 a las que se re fi ere su artículo 47; Que, el artículo 47 del Decreto Supremo N° 054- 2018-PCM señala que, el informe técnico que sustenta la propuesta de ROF incluye, según corresponda, las siguientes secciones: sección 1 justi fi cación de la necesidad, sección 2 análisis de racionalidad, y sección 3 recursos presupuestales; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 00010-2021-PCM/SGP de fecha 9 de julio de 2021, se aprueba la Directiva N°002-2021-SGP - Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización estructura y funcionamiento del Estado. Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 007-2020-PCM/SGP de fecha 9 de julio del 2021, se aprueba la Norma Técnica N°01-2020-PCM/ SGP/SSAP que establece modelos de organización para Municipalidades. Asimismo, señala la norma que, el expediente que sustenta la aprobación o modi fi cación del ROF de una municipalidad contiene la siguiente documentación: el proyecto de ordenanza municipal, el proyecto de texto de ROF de la municipalidad, el informe técnico de sustento elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual contiene las fi chas técnicas y el informe legal elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces; Que, el literal j) del artículo 40 del actual Reglamento de Organización y Funciones - ROF, de la Municipalidad Distrital de La Molina, señala como una función de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, proponer los documentos técnicos de gestión organizacional, como el Reglamento de Organización y Funciones, el Organigrama, el Manual de Gestión de Procesos y Procedimientos y otros establecidos por la normativa vigente aplicable, elaborados en coordinación con los órganos y unidades orgánicas de la institución; Que, en el presente caso, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo adjunta su informe sustentatorio, donde señala, entre otros, que la presente propuesta de ROF se enmarca en el supuesto que consiste en la modi fi cación de la estructura orgánica, que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización, y esto se debe principalmente a la necesidad de crear la Unidad de Organización que asuma las funciones de la Unidad Formuladora de las inversiones a ejecutarse en el distrito, para lo cual realiza el sustento correspondiente, en cuanto a la necesidad, análisis de racionalidad y recursos presupuestales; Que, en la línea de lo señalado, la presente propuesta para la aprobación de una nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización de Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, se encuentra dentro del supuesto establecido en el literal a) del numeral 46.1 del artículo 46 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que consiste: por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización. En este supuesto el informe técnico para justi fi car el ROF contiene las secciones 1, 2 y 3 a las que se re fi ere el artículo 47, asimismo, el expediente sustentatorio cuenta con la documentación exigida por la Norma Técnica N° 01-2020PCM/SGP/SSAP aprobada por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N°007-2020PCM- SGP; Que, fi nalmente, de la revisión del sustento técnico para la aprobación de una nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización de Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, en cuanto a las funciones de las Unidades de Organización, las mismas cuentan con el sustento normativo correspondiente (folios del 0259 al 0383 del expediente); en ese sentido, las funciones asignadas a las unidades de organización se encontrarían en concordancia con la normatividad vigente de la materia que regulan cada una de ellas; Que, asimismo, se debe acotar que, si bien el artículo 19 de la Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de Organización, Estructura y Funciones del Estado aprobada mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N°00010-2010-PCM/SGP, señala que la solicitud de opinión previa a la Secretaria de Gestión Pública sobre el proyecto del ROF no es un requisito previo para aprobación del mismo, si es obligación en caso de aprobarse, que la Municipalidad reporte a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Concejo de Ministros, la aprobación del ROF en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de aprobado, para lo cual se debe remitir al correo electrónico organizacióndelestado@pcm.gob.pe el expediente escaneado que sustentó dicha aprobación, además del ROF, la Ordenanza Municipal que lo aprueba, el informe técnico de sustento y el informe legal, tal como lo establece el numeral 8.1.8 de la Norma Técnica N° 01-2020-PCM/SGP/SSAP aprobada por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N°007-2020-PCM-SGP; Que, contando con el informe favorable de las unidades de organización competentes, la conformidad de la Gerencia Municipal y el pronunciamiento de las Comisión Conjunta de Asuntos Jurídicos y de Administración Financiera, Tributaria, Presupuesto y Cumplimiento, y conforme a lo dispuesto por la Constitución Política del Perú, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 y lo estipulado en el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con dispensa de trámite de Lectura y Aprobación del Acta, el Concejo por unanimidad de sus miembros asistentes, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA Artículo Primero.- APRUÉBESE, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina, el cual consta de dos (02) títulos, siete (07) capítulos y cien (100) artículos, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DERÓGUESE, toda norma y/o disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Secretaría General la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, el texto de la presente Ordenanza, debiendo publicarse solamente sus anexos en el Portal Institucional, en atención a lo dispuesto en el Artículo 3 de la Ley Nº 29091. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE, a la Gerencia de Tecnologías de Información, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza y sus anexos en el Portal Institucional. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE, a la Gerencia Municipal disponer la implementación de las modi fi caciones aprobadas en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCÁRGUESE, a la Gerencia Municipal, a través de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo institucional, la adecuación de