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67 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 El Peruano / Que, mediante el Memorando N° 000227-2023-P/ IPD, de fecha 18 de diciembre de 2023, la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte, solicitó a la Unidad de Personal evaluar el cumplimiento de los requisitos, por parte del señor Hugo Iván Vergara Soto, para ejercer el cargo de Jefe de la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales del Instituto Peruano del Deporte, conforme a lo dispuesto por la normatividad vigente sobre la materia; Que, asimismo, la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte indicó que de ser favorable la evaluación, disponer la formalización de la designación del señor Hugo Iván Vergara Soto, para ejercer el cargo de Jefe de la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales del Instituto Peruano del Deporte, a partir de la publicación; Que, la Unidad de Personal de la O fi cina General de Administración, a través del Informe N° 001502-2023-UP/IPD, de fecha 22 de diciembre 2023, señala que: i) El señor Hugo Iván Vergara Soto cumple los requisitos exigidos en el Clasi fi cador de Cargos de la Entidad, en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y, su Reglamento aprobado Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, para ser designado en el cargo de Jefe de la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales del Instituto Peruano del Deporte; y ii) Resulta procedente designar al señor Hugo Iván Vergara Soto en el cargo de Jefe de la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales del Instituto Peruano del Deporte, a partir de la fecha de publicación de la Resolución de Presidencia en el Diario O fi cial El Peruano; Que, contando con la opinión técnica de la Unidad de Personal, como responsable de la Gestión de Recursos Humanos, la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 000462-2023-OAJ/IPD opinó que es viable legalmente emitir el acto resolutivo respecto de la designación del señor Hugo Iván Vergara Soto en el cargo de Jefe de la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales del Instituto Peruano del Deporte; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y modi fi catorias; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2004-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017- 2004-PCM, y modi fi catoria; el Clasi fi cador de Cargos de la entidad, aprobado por Resolución de Presidencia No 089-2019-P/IPD y su modi fi catorias; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Con el visto de la Unidad de Personal, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar al señor Hugo Iván Vergara Soto en el cargo de Jefe de la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales del Instituto Peruano del Deporte, a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Cumplimiento Disponer que la Unidad de Personal de la O fi cina General de Administración proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a las partes interesadas y a las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte, para conocimiento y fi nes.Artículo 4.- Publicación Publicar la presente resolución en la sede digital del Instituto Peruano del Deporte (www.gob.pe/ipd) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUIDO FLORES MARCHAN Presidente 2248683-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00126-2023-PE/OSIPTEL Lima, 22 de diciembre de 2023 OBJETOAPRUEBA LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA SOCIEDAD DE AUDITORÍA PARA EFECTUAR LA AUDITORÍA FINANCIERA DEL PERIODO 2024. VISTO: El Informe N° 00105-OPPM/2023 del 12 de diciembre del año 2023, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones-OSIPTEL; CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 20° de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, asimismo la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias, establece que, es atribución exclusiva de la Contraloría General designar a las Sociedades de Auditoria (en adelante SOA) que se requieran, a través de Concurso Público de Méritos (en adelante CPM) para la realización de la auditoría fi nanciera gubernamental en las Entidades, y efectuar su contratación; Que, a fi n de que la Contraloría General de la República convoque el CPM, es necesario de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.2 de la Directiva N° 005- 2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría, y conforme a lo establecido en las disposiciones antes indicadas, se efectúe previamente la transferencia fi nanciera por concepto de retribución económica, para