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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 324

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2023 El Peruano / que corresponde a los Ministerios con competencias compartidas. Artículo 3.- Efectivización de la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura. 3.1. Para la efectivización de la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29565, el Ministerio de Cultura aplica un procedimiento simpli fi cado en el marco del proceso de descentralización en su dimensión administrativa, determinado con base en la progresividad entre otros criterios que establezcan en su rol rector. 3.2 El presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Cultura y el presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia del gobierno regional respectivo, culminan la implementación mencionada en el numeral precedente, con la suscripción de actas complementarias y en el marco del proceso de descentralización administrativa y de conformidad con la opinión favorable y las disposiciones que aprueba la Secretaría de Descentralización del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros. 3.3. El procedimiento simpli fi cado de transferencia se desarrolla en el marco de lo establecido en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Artículo 4.- Inventario de funciones asignadas a los gobiernos regionales y gobiernos locales, distintas a las reguladas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades Los Ministerios y sus organismos públicos adscritos que vienen ejerciendo funciones asignadas a los gobiernos regionales y a los gobiernos locales en normas distintas a la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y que no son funciones reguladas en las leyes de organización y funciones sectoriales, deben inventariar dichas funciones e informar a la Secretaría de Descentralización del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la publicación de la presente norma. Artículo 5.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo y en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2023, aprobado en el artículo 1, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de las entidades de los sectores con competencias compartidas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 6.- Publicación Publicar el presente Decreto Supremo y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y en las sedes digitales de los ministerios cuyos titulares refrendan la presente norma, el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, la Ministra de Educación, el Ministro de Salud, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ministra de la Producción, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Ministra del Ambiente, la Ministra de Cultura, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro del Interior y la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego.DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Aprobación del Plan de Monitoreo y Evaluación de las competencias y funciones transferidas a los gobiernos regionales La Presidencia del Consejo de Ministros aprueba, mediante Resolución Ministerial, un Plan de Monitoreo y Evaluación de las competencias y funciones transferidas a los gobiernos regionales, en un plazo de ciento veinte (120) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modi fi cación del artículo 10 del Decreto Supremo N° 121-2022-PCM Modi fi car el artículo 10 del Decreto Supremo N° 121-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2022 y dicta otras disposiciones en materia de descentralización, conforme al siguiente texto: “Artículo 10.- Culminación de las transferencias de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, infraestructura y otros organismos del gobierno nacional, programadas en planes anuales de transferencia aprobados hasta el año 2023 Las funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, infraestructura y otros organismos del gobierno nacional pendientes de transferencia a los gobiernos regionales y locales, así como a la Municipalidad Metropolitana de Lima, programadas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales aprobados por Decreto Supremo hasta el año 2023 y, en los Planes de Acción aprobados en el marco de la Comisión Bipartita de Transferencia, culminan su proceso de transferencia hasta el 31 de diciembre de 2024, para lo cual la Secretaría de Descentralización coordina con cada una de las Comisiones Sectoriales las acciones correspondientes.” Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura JORGE LUIS CHAVEZ CRESTA Ministro de Defensa JENNIFER LIZETTI CONTRERAS ÁLVAREZ Ministra de Desarrollo Agrario y Riego JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ Ministra de Educación OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas VICTOR MANUEL TORRES FALCÓN Ministro del Interior NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables