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108 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF; la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas-PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar tres (3) Fichas Técnicas del rubro Productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes-LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: N° DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 1 MELFALÁN, 50 mg, INYECTABLE (con solvente) 012 RALTEGRAVIR, 400 mg, TABLETA 01 3 SUNITINIB, 25 mg, TABLETA 01 * Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: https://www.perucompras.gob.pe/subasta-inversa/listado-bienes-servicios- comunes.php Artículo Segundo.- Modi fi car una (1) Ficha Técnica del rubro Productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Bienes y Servicios Comunes-LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo N° 02, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: N° DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 1 SEVOFLURANO, SOLUCIÓN PARA INHALACIÓN, 250 mL 11 * La Ficha Técnica podrá ser visualizada en el siguiente enlace web: https:// www.perucompras.gob.pe/subasta-inversa/listado-bienes-servicios-comunes. php Artículo Tercero. - Excluir una (1) Ficha Técnica del rubro Productos farmacéuticos incluidos anticonceptivos y vacunas del Listado de Bienes y Servicios Comunes-LBSC, conforme al detalle siguiente: N° DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 1 EPOETINA ALFA, 4000 UI/mL, INYECTABLE, 1 mL 06 Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización realice la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado-SEACE y gestione la exclusión de la Ficha Técnica señalada en el artículo Tercero de la presente Resolución, del Listado de Bienes y Servicios Comunes-LBSC. Artículo Quinto.- La Resolución Jefatural y sus Anexos se publican en la sede digital de la Central de Compras Públicas-PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/ perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIJAIL VIZCARRA LLANOS Jefe (e) de la Central de Compras Públicas PERÚ COMPRAS 2249086-1COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Delegan facultades en diversos funcionarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, durante el Año Fiscal 2024 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000183-2023-DV-PE Mira fl ores, 29 de diciembre del 2023 VISTOS: El Memorando Múltiple N° 000173-2023-DV-GG, el Memorando N° 002204-2023-DV-DATE de la Dirección de Articulación Territorial, el Memorando N° 000102-2023-DV-OPP-UPLA de la Unidad de Planeamiento de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000260-2023-DV-OPP-UDI de la Unidad de Desarrollo Institucional de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000227-2023-DV-OPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 000122-2023-DV-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 000951-2023-DV-OGA y Proveído Nº 015808-2023-DV-OGA de la O fi cina General de Administración, el Informe N° 001053-2023-DV-OGA-UABA de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, el Informe N° 000569-2023-DV-OGA-URH de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, el Informe N° 000248-2023-DV-OGA-UCONT de la Unidad de Contabilidad de la O fi cina General de Administración y el Informe N° 000575-2023-DV-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 824 y modi fi cada por las Leyes Nº 27629, Nº 28003 y Decreto Legislativo Nº 1241 modi fi cado por Decreto Legislativo Nº 1592, se determinaron la naturaleza jurídica y las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, el mismo que determina y regula las competencias, funciones y estructura orgánica de la Institución; Que, el artículo 9 del citado Reglamento dispone que la Presidencia Ejecutiva es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad ejecutiva, estableciendo que el/la Presidente/a Ejecutivo/a es el/la Titular del Pliego y ejerce funciones ejecutivas y de representación institucional de la Entidad; Que, el literal a) del artículo 10 del mismo Reglamento indica que es función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva, conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la Entidad, de fi niendo las políticas de dirección y supervisión para la marcha de la entidad y representarla en la fi rma de todos los compromisos institucionales, pudiendo delegar esta atribución; mientras que el literal r) del antedicho artículo también establece como función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva el emitir Resoluciones y Directivas vinculadas a la conducción de la Entidad; Que, asimismo, el literal o) del precitado artículo, señala que, entre sus funciones y/o atribuciones, la Presidencia Ejecutiva puede otorgar los poderes que considere necesarios, pudiendo además delegar, en concordancia con la normatividad vigente, una o más de sus funciones al/a la Secretario/a General (hoy Gerente General) o a otros/as funcionarios/as, excepto la de Presidente/a del Consejo Directivo;