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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (31/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 112

112 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / 2022, cuya vigencia fue ampliada por la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. Artículo 4.- DELEGAR en el Ejecutivo de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, las siguientes facultades: 4.1 En materia de Recursos Humanosa) Suscribir los contratos y sus adendas, así como comunicar la no prórroga o la no renovación, en el marco del régimen de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, según corresponda. b) Suscribir convenios y adendas en el marco de las normas que regulan las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público. c) Suscribir convenios y adendas con entidades sobre Destaque de personal entre la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA con Entidades Públicas Nacionales. d) Suscribir contratos con Entidades Prestadoras de Salud - EPS, adendas renovaciones u otros derivados del mismo. e) Suscribir adendas de los servidores sujetos al régimen laboral de la actividad privada regulada por el Decreto Legislativo N° 728. Artículo 5.- DELEGAR en el/la Director/a de Articulación Territorial de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, las siguientes facultades: 5.1. En materia de gestión administrativa Autorizar la contratación de servicios en el marco de la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, que prorroga la Centésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo 6.- DELEGAR en los/las Ejecutivos/as y/o Jefes de las O fi cinas Zonales de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, en cuyos ámbitos se ejecuta el Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible (PP PIRDAIS), la siguiente facultad: 6.1. En materia de suscripción de Actas de Entendimiento y Adendas Suscribir, en representación de DEVIDA, las Actas de Entendimiento y Adendas con las comunidades, centros poblados y caseríos que se acojan a las actividades de ejecución directa del Programa Presupuestal PIRDAIS, en el marco de la Directiva N° 006-2022-DV-PE-DATE “Disposiciones que regulan el proceso de socialización y negociación comunal para la incorporación de comunidades y familias a las actividades de ejecución directa, en el marco del Programa Presupuestal de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo Vida sin Drogas-DEVIDA”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000142-2022-DV-PE, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000199-2022-DV-PE; quedando autorizados de manera previa y expresa, a través de la presente Resolución. Artículo 7.- DISPONER que las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución entrarán en vigencia a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2024, salvo las delegaciones en materia presupuestal que tendrán vigencia hasta la fi nalización del Ejercicio Presupuestario del Año Fiscal 2024. Artículo 8.- Las unidades de organización de la entidad a las que se les delega facultades, deberán INFORMAR semestralmente al Presidente Ejecutivo de la Entidad, los actos que emitan como producto de la presente Resolución. Artículo 9.- PRECISAR que los actos emitidos al amparo de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000209-2022-DV-PE y sus modi fi caciones realizadas por Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 000089-2023-DV-PE y N° 000132-2023-DV-PE, durante su periodo de vigencia, en lo que resulte aplicable, mantienen sus efectos. Artículo 10.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el portal institucional de la Entidad (www.gob.pe/devida). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA Presidente Ejecutivo 2249499-1 Delegan diversas facultades en funcionarios de la Unidad Ejecutora 006 -1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000184-2023-DV-PE Mira fl ores, 29 de diciembre del 2023 VISTO:El Proveído Nº 004012-2023-DV-UE006-CE de la Coordinación Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de Apoyo al Desarrollo Sostenible del VRAEM”, el Informe N° 000243-2023-DV-UE006-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, de la Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de Apoyo al Desarrollo Sostenible del VRAEM”; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas, aprobada por Decreto Legislativo N° 824 y modi fi cada por las Leyes N° 27629, N° 28003, Decreto Legislativo N° 1241 modi fi cado por Decreto Legislativo Nº 1592, se determinaron la naturaleza jurídica y las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, el mismo que determina y regula las competencias, funciones y estructura orgánica de la Institución; Que, el artículo 9 del citado Reglamento dispone que la Presidencia Ejecutiva es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad ejecutiva, estableciendo que el/la Presidente/a Ejecutivo/a es el/la Titular del Pliego y ejerce funciones ejecutivas y de representación institucional de la Entidad; Que, el literal a) del artículo 10 del mismo Reglamento indica que es función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva, conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la Entidad, de fi niendo las políticas de dirección y supervisión para la marcha de la entidad y representarla en la fi rma de todos los compromisos institucionales, pudiendo delegar esta atribución; mientras que el literal r) del antedicho artículo también establece como función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva el emitir Resoluciones y Directivas vinculadas a la conducción de la Entidad; Que, asimismo, el literal o) del precitado artículo, señala que, entre sus funciones y/o atribuciones, la Presidencia Ejecutiva puede otorgar los poderes que considere necesarios, pudiendo además delegar, en concordancia con la normatividad vigente, una o más de sus funciones al/a la Secretario/a General (hoy Gerente