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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (31/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 171

171 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / de la Fiscalía de la Nación N° 3138-2023-MP-FN, de fecha 13 de noviembre de 2023, con efectividad al 01 de enero de 2024, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Isabel Consuelo Soto Albarracin, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro y destacándola para que preste apoyo al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento, designación y destaque señalados en el artículo segundo, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2249452-1 Autorizan la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Ministerio Público del Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3691-2023-MP-FN Lima, 29 de diciembre de 2023 VISTOS:El o fi cio Nº 1829 -2023-MP-FN-GG de la Gerencia General, el informe Nº 00182-2023-MP-FN-GG- OGPLAP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, el o fi cio Nº 01483-2023-MP-FN-OGASEJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el o fi cio Nº 000028-2023-MP-FN-ANC-MP-UE012O-GA de fecha 11 de diciembre del 2023, la Gerencia Administrativa de la Unidad Ejecutora 012 Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; y, CONSIDERANDO:En el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2837-2022-MP-FN, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al año fi scal 2023 del Pliego 022: Ministerio Público por toda fuente de fi nanciamiento. El numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en consistencia con las reglas fi scales vigentes, conforme a lo establecido en el citado artículo, y son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de las fuentes de fi nanciamiento distintas a las de recursos ordinarios y recursos por operaciones o fi ciales de crédito que se produzcan durante el año fi scal. De conformidad con el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 006-2023-EF, para efectos de la aplicación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos fi jados en el artículo 2 del precitado decreto supremo, no se considera la incorporación de mayores ingresos públicos autorizados en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023 y en la Ley Nº 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023, así como las transferencias fi nancieras que se encuentren autorizadas por norma con rango de Ley. Conforme lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023, se autoriza al Pliego 022: Ministerio Público, la creación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público y señala que durante el año fi scal 2023, la implementación y operación de la referida Unidad Ejecutora provienen del 1% de la ejecución de inversiones cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) y sean menores o iguales a S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos y entidades del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito de la Cuenta General de la República. Dicho porcentaje es parte del 2% al que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. De acuerdo al numeral 3 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, para el cumplimiento de lo previsto en la precitada disposición, se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones señaladas precedentemente, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 022: Ministerio Público. El numeral 4 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, establece que las transferencias a que se re fi ere el numeral 3 de la citada disposición, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, o con resolución ejecutiva regional o resolución de alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego del gobierno nacional y la resolución ejecutiva regional se publican en el Diario O fi cial El Peruano y la resolución de alcaldía, que se publica en su página web. Mediante la Resolución de Alcaldía Nº 148-2023-A-MDST/LC de fecha 31 de octubre de 2023, la Municipalidad Distrital de Santa Teresa de la Provincia de La Convención y departamento del Cuzco, autoriza la Transferencia Financiera a favor del Pliego 022 Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, hasta por el monto de S/ 53,913.50 (CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TRECE Y 50/100 SOLES) en cumplimiento a lo dispuesto en la septuagésima octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023. Mediante el O fi cio Nº 000028-2023-MP-FN-ANC-MP- UE012O-GA de fecha 11 de diciembre del 2023, la Gerente Administrativa de la Unidad Ejecutora 012 Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, comunica que la Municipalidad Distrital de Santa Teresa, ha realizado la Transferencia Financiera Nº 0000000015 con fecha 27 de