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162 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / un insumo primordial en la toma de decisiones de los órganos jurisdiccionales penales, y así evitar futuras reconsideraciones. Artículo Octavo.- Disponer que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional supervisen que los órganos jurisdiccionales que se encuentran bajo su jurisdicción, den estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000137-2020-CE-PJ, la cual establece la obligatoriedad de registrar todas las resoluciones judiciales en las casillas electrónicas; así como el uso del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas-SINOE, la Agenda Judicial Electrónica y el inmediato descargo de los actos procesales correspondientes a todas la actuaciones judiciales en el Sistema Integrado Judicial-SIJ. Artículo Noveno.- Desestimar el pedido de la Corte superior de Justicia de Loreto, respecto a la prórroga de la apertura de turno al 2° Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Conformado y Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del distrito de Iquitos y provincia Maynas; y el cierre de turno del 1° Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Conformado del distrito de Iquitos y provincia de Maynas por el periodo de cuatro meses; debiendo informar a la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal a través de las áreas competentes las inconsistencias estadísticas registradas en los órganos jurisdiccionales involucrados. Artículo Décimo.- Desestimar el pedido de la Corte superior de Justicia de Tumbes, respecto a la conversión del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio en Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito y provincia de Zarumilla; toda vez que el órgano jurisdiccional transitorio está próximo a cumplir sus fi nes de descarga procesal, por la buena producción del homologo permanente del mismo distrito y provincia, y por la mayoría de expedientes tramitados por el Juzgado Penal Unipersonal del distrito y provincia de Zarumilla en categoría no compleja; debiendo evaluar el desempeño de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes del distrito y provincia de Zarumilla, a efectos que al corto o mediano plazo se reubique el juzgado transitorio a otro Distrito Judicial con mayor necesidad. Artículo Décimo Primero.- Facultar a los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Ancash, Callao, Cusco, Lambayeque, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Piura, San Martin, Sullana, Tumbes y Ucayali, tomen las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado. Artículo Décimo Segundo.- Noti fi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencias de la Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Ancash, Callao, Cusco, Lambayeque, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Piura, San Martin, Sullana, Tumbes y Ucayali; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2249326-1 Aprueban la continuidad de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y Mesa de Partes Electrónica (MPE); conforme a su estructura orgánica aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000553-2023-CE-PJ Lima, 29 de diciembre del 2023VISTO: El O fi cio Nº 000180-2023-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 005-2017-CE-PJ se dispuso la conformación e instalación de la Comisión de Trabajo del “Expediente Judicial Electrónico (EJE)” y “Mesa de Partes Electrónica (MPE)”, encargada de asegurar la implementación de dicha iniciativa de modernización, durante el período 2017-2018, precisándose que la referida Comisión de Trabajo deberá velar por el cumplimiento, monitoreo e implementación integral del “Expediente Judicial Electrónico (EJE)” y “Mesa de Partes Electrónica (MPE), componentes del fortalecimiento de la transformación digital en el Poder Judicial mediante el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales; elementos que resultan necesarios para una justicia oportuna y al alcance de todos. Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico (EJE) promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, está previsto en el Objetivo Estratégico Institucional (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, de Fortalecer el desarrollo de la Transformación Digital en el Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000136-2021-P-PJ y estando consolidadas las actividades desarrolladas por la citada comisión, en el marco del a fi anzamiento, sostenibilidad y mejoramiento del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), se aprobó ampliar el plazo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el período 2019-2020, mediante la Resolución Administrativa N.º 243-2018-P-CE-PJ y para el período 2021-2023, mediante la Resolución Administrativa N.º 000039-2021-CE-PJ, permitiendo continuar incorporando nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, teniendo como fi n, facilitar la labor judicial, brindar funcionalidad al teletrabajo de los servidores jurisdiccionales; así como facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Tercero. Que, los planes de actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial: cuyos objetivos y metas corresponden al Plan Operativo Institucional de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (POI-EJE) aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000261-2023-P-PJ. Cuarto. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000261-2023-P-PJ se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2024-2026 del Poder Judicial, conformado por los POI de sus veinticuatro Unidades Ejecutoras, registrado en el Aplicativo CEPLAN v.01 donde se encuentra inmersa la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico. Documento de gestión en el cual se enmarca la programación de las metas operativas y líneas de acción previstas por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2024 a 2026, incorporándose objetivos, actividades y metas; siendo el objetivo general coordinar y gestionar en las diversas sedes de las cortes superiores de justicia a nivel nacional, la implementación y monitoreo del Expediente Judicial Electrónico y Mesa de Partes Electrónica. Quinto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación al mes de