Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (31/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / 4.3 Batería o Sistema de almacenamiento de energía cargable (RESS): Sistema que almacena energía para la entrega de energía eléctrica y es cargable, como lo son las baterías y los condensadores. 4.4 Bien de dominio público (BDP): Es aquel bien estatal destinado al uso o que sirven de soporte para la prestación de cualquier servicio público. Tienen el carácter de inalienables e imprescriptibles. 4.5 Cable de carga: Conjunto que consta de un cable fl exible equipado con un enchufe y/o un conector de vehículo, que se utiliza para establecer la conexión entre el vehículo eléctrico y la red de suministro o una estación de carga. Un cable de carga puede ser extraíble o ser parte del vehículo eléctrico o de la estación de carga. 4.6 Caja de control integrada en el cable (ICCB, In Cable Control Box): Dispositivo incorporado en el IC-CPD utilizado en el modo de carga 2, que realiza las funciones de control, proximidad y seguridad. 4.7 Caja registro del sistema de puesta a tierra: Construcción civil en la que se ubican las conexiones o toma de tierra del sistema de puesta a tierra, hacia los distintos enlaces de las instalaciones. 4.8 Corriente Alterna (CA): Corriente eléctrica, cuya intensidad varía periódicamente en forma sinusoidal con el tiempo. 4.9 Corriente Continua (CC): Corriente eléctrica cuyo fl ujo viaja del sentido positivo al negativo y es el producto de una reacción química. Es equivalente a la Corriente Directa la cual es producto de la recti fi cación de la Corriente Alterna considerando un factor de rizado mínimo, factor de recti fi cado que en función del tiempo la hace equivalente a la Corriente Continua. 4.10 Dispositivo de control y protección integrado en el cable (IC-CPD, In Cable-Control and Protection Device): Dispositivo de control y protección integrado en el cable que se utiliza en el modo de carga 2 para adaptar la conexión desde un tomacorriente Schuko y realizar las funciones de control y protección requeridas por el estándar de carga del vehículo eléctrico. 4.11 Electrolinera: ICME con modos de carga 3 y/o 4, que brinda el servicio de carga ya sea en CA o CC mediante algún método de pago y que cuenta con Protocolo Abierto para Puntos de Carga (OCPP por sus siglas en inglés) 1.6 de alto nivel o superior, IEC 61850 o norma equivalente. 4.12 Electroterminal: ICME con modos de carga 3 y/o 4, dedicado a la carga de fl otas de buses eléctricos y/o fl otas de vehículos eléctricos para el sector público o privado. 4.13 El/la Titular: Persona natural o jurídica responsable de la gestión y/o administración de la ICME. 4.14 Estación de autoservicio con operación no restringida: ICME con modos de carga 3 y/o 4 que permite al usuario autoabastecer de energía su vehículo eléctrico, ubicada en vía pública, calles, estacionamientos de acceso público, centros comerciales, estaciones de servicio, hoteles o en bienes de dominio público (BDP). Este autoservicio de carga puede ser gratuito o de pago. Los equipos a instalarse en estas ICME deben cumplir con la norma NTP-IEC 61000-6-3 clase B residencial. 4.15 Estaciones de servicio: Establecimiento de venta al público de combustibles que cumple con los requisitos indicados en los Decretos Supremos Nº 030-98-EM, Nº 019-97-EM y Nº 006-2005-EM. 4.16 Estaciones de carga de oportunidad: Dispositivos de carga que se conectan a los vehículos eléctricos, principalmente del tipo pesado (buses, camiones y similares), en modo de carga 4, mediante conectores estandarizados de acuerdo al tipo del vehículo y dispositivos dedicados a la carga del vehículo. 4.17 Estándar de carga: Conjunto de especi fi caciones que de fi nen el tipo de conector y protocolo de comunicación que se utilizan para la carga de un vehículo eléctrico. 4.18 Equipotencialidad del sistema puesta a tierra: Práctica de conectar eléctricamente de forma intencionada, todas las super fi cies metálicas expuestas que no deban transportar corriente, como protección contra descargas eléctricas accidentales. 4.19 Estación de Carga del vehículo eléctrico: Parte fi ja del equipo del Sistema de alimentación de vehículo eléctrico o Equipo de Suministro del Vehículo Eléctrico (SAVE) conectado a la red de suministro. 4.20 Factibilidad de suministro eléctrico: Documento elaborado por la empresa de distribución eléctrica (EDE) que establece las condiciones técnicas necesarias para prestar el servicio de suministro de energía eléctrica. Para la aplicación de este Reglamento se re fi ere a electroterminales o puntos de carga simples (PCS). 4.21 Función de detección de proximidad (PP): Medio eléctrico o mecánico para indicar al vehículo eléctrico el estado de inserción del conector de vehículo en la conexión de entrada del vehículo y/o para indicar el estado de inserción del enchufe en la base de toma de corriente de la estación de carga. 4.22 Función piloto de control (PC): Función utilizada para supervisar y controlar la interacción entre el vehículo eléctrico y el SAVE. Involucra un controlador el cual es responsable de la función piloto de control y de la generación de la señal modulada por ancho de pulsos que permite la comunicación. 4.23 Infraestructura de carga de la Movilidad Eléctrica (ICME): Instalaciones que cumplen con los requisitos de calidad y seguridad y que se encargan de todas las funciones necesarias para acondicionar la tensión y/o la corriente proporcionada por una red de suministro en corriente alterna para asegurar el suministro de energía eléctrica a los vehículos de movilidad y micromovilidad eléctrica. Está compuesto como mínimo por la estación de carga instalada con el fi n de brindar la carga de baterías, canalizaciones eléctricas, dispositivos de protección y el SAVE o PCS. Para instalaciones más complejas debe contar con equipos de comunicación y control, tableros eléctricos, transformadores, grupos electrógenos, sistema de puesta a tierra y todos los elementos físicos que permite la carga. 4.24 ICME de operación no restringida: ICME que cumple con la norma de compatibilidad electromagnética NTP-IEC 61000-6-3 (Clase B residencial) y garantiza los sistemas de puesta a tierra y protección diferencial adecuadas para la protección de personas hasta 30 mA. 4.25 ICME de operación restringida: ICME con protección diferencial por encima del rango permisible para la protección de las personas (mayor a 30 mA hasta 300 mA) cumpliendo con la norma de interruptores automáticos por corriente residual, NTP-IEC 61008-1 y de compatibilidad electromagnética de acuerdo con la norma NTP-IEC 61000-6-4 (Clase A industrial). 4.26 Interoperabilidad de la movilidad eléctrica: Se re fi ere a la capacidad de interactuar e intercambiar datos e información entre los diferentes componentes del sistema de movilidad eléctrica (infraestructura de carga, los vehículos y la red eléctrica) haciendo uso de protocolos estandarizados. En la movilidad eléctrica, la referida capacidad permite facilitar la compatibilidad e integración entre infraestructuras de carga y a su vez una adecuada gestión del sistema de carga. 4.27 Micromovilidad Eléctrica: Modalidad de transporte urbano que por su diseño y característica sólo permite el desplazamiento de una persona a través de vehículos de movilidad personal (VMP), de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 058-2003-MTC, propulsado por un motor eléctrico con potencia menor o igual a 350 W, como por ejemplo patinetas eléctricas, monopatines eléctricos, monociclos eléctricos, bicicletas asistidas y eléctricas. 4.28 Modo de carga: Método para la conexión de un vehículo eléctrico a la red de suministro para abastecerlo de energía eléctrica. En movilidad eléctrica se permite la utilización de modo de carga 1 (Anexo 4), modo de carga 2 (Anexo 5), modo de carga 3 (Anexo 6) y modo de carga 4 (Anexo 7). 4.29 Monitor de aislamiento: Dispositivo eléctrico que vigila las corrientes de fuga en una línea aislada que distribuye energía eléctrica, monitorea fallas a tierra en una línea de energía en corriente alterna normalmente sin conexión a tierra; utiliza una corriente de detección de baja tensión que tiene una frecuencia mayor que la frecuencia de la línea eléctrica para ejecutar su operación. 4.30 Motor generador: conjunto que consta de uno o más motores acoplados mecánicamente a uno o más generadores