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46 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / 11.2 Para el caso en que el fabricante no especi fi que el valor de resistencia del sistema de puesta a tierra, se debe cumplir con el valor máximo de 5 Ω. Artículo 12.- Consideraciones del sistema de puesta a tierra 12.1 Todas las uniones desde el sistema de puesta a tierra hacia la barra de tierra del tablero principal, deben ejecutarse con soldadura exotérmica. No se permite el uso de uniones mecánicas. 12.2 Todos los sistemas de puesta a tierra se ejecutan con cajuelas de albañilería que permitan la medición periódica por los métodos convencionales y el registro del mantenimiento si fuera el caso. 12.3 En el caso que se tenga un valor recomendado en la resistencia de la puesta a tierra por el fabricante de los SAVE y otro valor recomendado por el fabricante del vehículo eléctrico, prima el menor valor recomendado. 12.4 En las ICME, la barra equipotencial que permite la conexión de al menos tres líneas provenientes del sistema de puesta a tierra, se instala en una cajuela de albañilería especial para dicho fi n. Artículo 13.- Conductores y canalizaciones 13.1 Se debe realizar el estudio correspondiente para la selección de los conductores de los alimentadores, considerando su capacidad de corriente, la caída de tensión y capacidad de cortocircuito, tomando en cuenta los factores considerados en el Código Nacional de Electricidad, en la Norma Técnica EM.010 Instalaciones Eléctricas Interiores del Reglamento Nacional de Edifi caciones, el Reglamento de Conductores Eléctricos y la norma NTP-IEC 60364-5-52. 13.2 Los conductores para circuitos en CA no deben compartir la misma tubería de los circuitos de CC. 13.3 Sobre las secciones de los conductores: 13.3.1 Para dimensionar el alimentador de una ICME se aplica un factor de demanda igual a 1 para estimar tanto la carga total de PCS, como la carga total de SAVE. En el caso de utilizar un SGC debe ser aplicado, como mínimo, los factores de demanda señalados en la siguiente tabla según sea el tipo de instalación, para estimar la carga total de fi nida para cada SAVE: Tipo de instalaciónPotencia de carga para vehículos eléctricos sobre la que aplica factor de demandaRango FD Tramo kW Viviendas unifamiliares - - 1 Viviendas multifamiliar, conjuntos habitacionales, condominios-- 1 Instalaciones en edi fi cios (o fi cinas, hoteles)Hasta 40 1 Entre 40 a 150 0,6-1,0 Desde 150 0,5-1,0 Edifi caciones dedicadas a la educaciónHasta 20 1 Entre 20 a 150 0,6-1,0 Desde 150 0,5-1,0 Centros comerciales, Centros deportivos, centros recreativos (parques zonales osimilares)Hasta 100 1 Entre 100 a 150 0,6-1,0 Desde 150 0,5-1,0 Vía pública, zonas de parqueo público, parqueo privadoHasta 20 1 Entre 20 a 150 0,6-1,0 Desde 150 0,5-1,0 Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESSHasta 20 1 Entre 20 a 150 0,6-1,0 Desde 150 0,5-1,0 Locales industrialesHasta 20 1 Entre 20 a 150 0,6-1,0 Desde 150 0,5-1,0Tipo de instalaciónPotencia de carga para vehículos eléctricos sobre la que aplica factor de demandaRango FD Tramo kW Estaciones de servicioHasta 20 1 Entre 20 a 150 0,6-1,0 Desde 150 0,5-1,0 Bienes de Dominio Público (BDP)Hasta 20 1 Entre 20 a 150 0,6-1,0 Desde 150 0,5-1,0 Electrolineras (Solo se está considerando el área dedicada a la electrolinera)Hasta 20 1 Entre 20 a 150 0,6-1,0 Desde 150 0,5-1,0 Electroterminales o centros de cargaHasta 20 1 Entre 20 a 150 1 Desde 150 0,5-1,0 13.3.2 Cuando las canalizaciones se instalen en una ubicación sujeta a riesgos de daños mecánicos, tales como áreas de circulación de vehículos eléctricos, estas deben presentar una resistencia adecuada a los daños mecánicos. Si se utilizan canaletas protectoras o bandejas porta conductores, estas deben presentar una resistencia mínima IK08 a impactos mecánicos. Artículo 14.- Protecciones contra sobrecorrientes14.1 Las protecciones contra sobrecorrientes deben velar por el correcto funcionamiento de la ICME y la seguridad de las personas en general y la seguridad de la edifi cación donde se encuentra instalado. 14.2 En el caso que las protecciones sean ajustables, la corriente nominal de la protección se con fi gura al valor requerido, según la norma NTP-IEC 60364-4-43 o la norma que la reemplace. Una vez efectuados los ajustes, se debe implementar un sistema de señalización y de bloqueo para que el valor de ajuste establecido no sea modi fi cado. 14.3 En todos los modos de carga, el tablero eléctrico al cual se conecta el SAVE debe contar con protección termomagnética dedicada, de capacidad concordante a las características del SAVE, considerando los factores de diseño y la potencia disponible, la protección interna del SAVE debe estar en coordinación de la protección del tablero al que se conecta. 14.4 La ICME siempre debe contener una protección de corte en todas las fases y si es el caso el neutro incluido. Para instalaciones residenciales se debe tener una protección general de curva D y otra protección individual interna en cada SAVE de curva C. 14.5 Dentro del circuito de alimentación del SAVE o en el SAVE mismo, se debe instalar una protección bipolar o tripolar, según el tipo de conexión. Artículo 15.- Protecciones diferenciales15.1 La protección diferencial debe velar por el correcto funcionamiento de la ICME y la seguridad de las personas en general y debe estar presente en cada circuito que alimenta un SAVE, en todos los modos de carga. 15.2 Las protecciones diferenciales asociadas a los modos de carga deben considerar: 15.2.1 En los modos de carga 1, el tablero eléctrico al cual se conecta el punto de carga debe contar al menos con una protección diferencial Tipo A de sensibilidad no superior a los 30 mA. 15.2.2 En los modos de carga 2, 3 y 4, el tablero eléctrico al cual se conecta los sistemas de carga debe contar con protección diferencial Tipo B de sensibilidad no superior a los 30 mA. 15.3 Adicionalmente, se puede usar otros elementos de protección como el monitor de aislamiento, que debe ser recomendado en la etapa de diseño del proyecto y se especi fi ca de acuerdo al tipo y uso de la edi fi cación.