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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2023 (06/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 6 de enero de 2023 El Peruano / contratación de dichos profesionales para la especialidad mencionada y los equipos multidisciplinarios, vienen coadyuvando al cumplimiento de las metas de producción a fi n de mitigar la elevada carga procesal existente en los órganos jurisdiccionales a nivel nacional, e indicadores de desempeño que son reportados al Ministerio de Economía y Finanzas. Tercero. Que, el citado Programa Presupuestal de Familia mediante O fi cio N° 00146-2022-CR-PPRFAMILIA- PJ, remitió a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000100-2022-RT-PPRFAMILIA-PJ, el cual da cuenta del avance de la ejecución del Plan de Descarga Procesal e informa los resultados positivos en la producción reportada al mes de octubre del año en curso, por los órganos jurisdiccionales de la especialidad de familia. Cuarto. Que, en mérito al impacto positivo del referido Plan de Descarga Procesal de Familia, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000289-2022-CE-PJ, el mencionado Programa Presupuestal solicita la prórroga del mismo y la continuidad de contratación del personal bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) por el periodo de tres meses, correspondiente desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2023. Quinto. Que, este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva. Por lo que, deviene en necesario dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para este propósito, los cuales deben ser ejecutados célere y efi cientemente. Sexto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente prorrogar la propuesta de descarga procesal del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”; la cual contribuirá a disminuir la excesiva carga procesal existente. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1597- 2022 de la quincuagésima octava sesión extraordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 29 de diciembre de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la prórroga de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) de las plazas cubiertas a mérito de la Resolución Administrativa N° 000289-2022-CE-J, en el extremo que comprende los requerimientos presentados por el Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2023; conforme al cuadro anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Equipo Técnico del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” deberá establecer una línea de base, a fi n de una adecuada labor de la descarga procesal; para la evaluación posterior de los resultados. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial y/o áreas pertinentes deberán realizar las gestiones necesarias para que las Cortes Superiores de Justicia comprendidas en la presente resolución, puedan prorrogar los contratos de los profesionales indicados bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), a fi n de coadyuvar a la ejecución de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que el Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, deberá presentar mensualmente un informe al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; respecto al estado de la producción de los órganos jurisdiccionales en los que se asigne personal. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2140858-5 Prorrogan vigencia del Plan de Liquidación de la Ley N° 26636 hasta el 31 de marzo de 2023, y dictan otras disposiciones CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000473-2022-CE-PJ Lima, 29 de diciembre del 2022VISTOS:El O fi cio N° 000424-2022-P-ETIINLPT-CE-PJ que adjunta el Informe Nº 000141-2022-ST-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por la señora Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, mediante el cual da cuenta sobre los resultados obtenidos con el despliegue del “Plan de Liquidación de la Ley N° 26636”. CONSIDERANDO: Primero. Que, actualmente en los Distritos Judiciales del país está vigente la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo; sin embargo, en las Cortes Superiores en las que se viene aplicando la citada Ley, aún se tiene carga procesal en trámite y/o ejecución con la Ley N° 26636, por lo que es necesario que dichos expedientes sean liquidados oportunamente. Segundo. Que, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo tiene como una de sus funciones, la de coadyuvar en la consolidación y fortalecimiento de la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, de conformidad con el artículo 9° del documento “Nueva Estructura Organizacional y Funcional del ETIINLPT”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 061-2013- CE-PJ y modi fi catorias. Tercero. Que, con la Resolución Administrativa N° 000306-2021-CE-PJ de fecha 20 de setiembre de 2021 se aprobó el “Plan de Liquidación de la Ley N° 26636, correspondiente al año 2021”, a fi n de descongestionar la carga procesal laboral correspondiente a los Distritos Judiciales de Lima, Piura, Lima Este, Huaura, Sullana, Áncash, Lima Sur, Tacna y Loreto. Al respecto, se debe tener en cuenta que, a pesar que con el plan de liquidación que se aprobó en el año 2019 se logró una reducción de la carga en trámite en un 40% en las Cortes Superiores de Justicia intervenidas; así como una reducción de 28% a nivel nacional, en el año 2021 se advirtió que la carga en ejecución se incrementó paulatinamente a razón de 8% anual, existiendo al mes de julio de 2021 una carga procesal de 20,145 expedientes en trámite y 63,605 expedientes en ejecución, con respecto a procesos judiciales tramitados con la Ley N° 26636. Cuarto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000125-2022-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso prorrogar la vigencia del Plan de Liquidación de la Ley N° 26636 hasta el 31 de diciembre de 2022; en consecuencia, prorrogar los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) del