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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2023 (19/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Jueves 19 de enero de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200° numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 40.3 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para cada entidad; Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, precisando que en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal; Que, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prevé la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, estableciendo que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”, en tanto que el TUPA y la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del Diario O fi cial “El Peruano” y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal Institucional; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 40°, establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser rati fi cados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza N° 2386-2021, la cual regula el procedimiento de rati fi cación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modi fi can o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones;Que, con Ordenanza N° 485-MDS, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Surquillo, rati fi cado por Acuerdo de Concejo N° 396-MML, ambas normas publicadas en el Diario O fi cial “El Peruano”, con fecha 07 de diciembre de 2021, no obstante resulta necesario actualizar los procedimientos administrativos a las recientes modi fi caciones normativas; Que, se ha elaborado el proyecto de Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos y servicios administrativos prestados en exclusividad, requisitos y derechos y dispone su inclusión en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Surquillo, contando para ello con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, así como, la conformidad de la Gerencia Municipal, por lo que corresponde ser aprobado por el Concejo Municipal; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se adoptó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITACIÓN, Y DISPONE SU INCLUSIÓN EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Artículo Primero.- Aprobación de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad Apruébense los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y costos administrativos, conforme fi gura en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobación de derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos prestados en exclusividad Apruébense los 61 derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, conforme a la relación que se detalla a continuación: N° PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO EXCLUSIVODERECHO DE TRAMITACIÓN (S/) SECRETARÍA GENERAL PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 01.1.aACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CREADA U OBTENIDA POR LA ENTIDAD, QUE SE ENCUENTRE EN SU POSESIÓN O BAJO SU CONTROL a) Copia simple en formato A4 (por unidad)0.10 01.1.bACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CREADA U OBTENIDA POR LA ENTIDAD, QUE SE ENCUENTRE EN SU POSESIÓN O BAJO SU CONTROL b) Información en CD (por unidad)1.00 01.1.cACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CREADA U OBTENIDA POR LA ENTIDAD, QUE SE ENCUENTRE EN SU POSESIÓN O BAJO SU CONTROL c) Correo electrónicoGRATUITO SECRETARÍA GENERAL SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 01.2 COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTOS 0.10 GERENCIA DE DESARROLLO EMPRESARIAL - SUBGERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN Y ANUNCIOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 02.13AUTORIZACIÓN MUNICIPAL TEMPORAL PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN EL ESPACIO PÚBLICO83.80 02.14AUTORIZACIÓN MUNICIPAL TEMPORAL, PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN EL ESPACIO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE USOS ESPECIALES TEMPORALES (Marketing y/o degustación de productos, difusión de material informativo y/o actividades a fi nes)82.50 02.15AUTORIZACIÓN MUNICIPAL TEMPORAL, PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN EL ESPACIO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE FERIAS122.10