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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2023 (20/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Viernes 20 de enero de 2023 El Peruano / El 3 de agosto de 2022, mediante O fi cio N° 010-2021/ EPG GERENS-SG6, la Escuela precisó su pretensión en el Anexo N° 2 - Formato de Solicitud de Licencia Institucional, indicando que la misma se enmarca en el en el literal e) del numeral 31.1 y el numeral 31.5 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento, bajo el supuesto de cambio de modalidad de programas de estudios 7. En ese sentido, la pretensión de la Escuela quedó actualizada de la siguiente manera: i) cambio de modalidad de la Maestría en Administración de Negocios-MBA de la modalidad presencial a la modalidad semipresencial; ii) Maestría de Gestión Minera de la modalidad presencial a la modalidad semipresencial; y ii) Maestría en Gestión Minera de la modalidad a distancia. El 11 de agosto de 2022 se noti fi có a la Escuela, el Ofi cio N° 0550-2022-SUNEDU-02-12, mediante el cual se realizaron observaciones a los requisitos de admisibilidad, otorgándose el plazo de diez (10) días hábiles para su subsanación. El 25 de agosto de 2022, mediante O fi cio N° 013- 2022/EPG GERENS-SG 8, la Escuela remitió información con el objeto de levantar las observaciones noti fi cadas mediante O fi cio N° 0550-2022-SUNEDU-02-12. El 7 de septiembre de 2022, mediante O fi cio N° 0675-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic noti fi có a la Escuela, la Resolución de Trámite N° 3 del 15 de agosto de 2022, a través de la cual se resolvió declarar la admisibilidad de SMLI presentada. El 22 septiembre de 2022, mediante O fi cio N° 0777-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic noti fi có a la Escuela, la Resolución de Trámite N° 4 del 21 de septiembre de 2022, a través de la cual se resuelve realizar una Diligencia de Actuación Probatoria los días 27 y 28 de septiembre de 2022, con la fi nalidad de recabar información vinculada a su SMLI. El 26 de septiembre de 2022, la Escuela remitió, mediante correo electrónico institucional, información para las pruebas de conectividad y la realización de la DAP. Corresponde precisar que la documentación remitida por la Escuela, ha sido incorporada al expediente administrativo mediante Resolución de Trámite N° 5. El 30 de septiembre de 2022, mediante O fi cio N° 0831-2022-SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Escuela las Actas de inicio 9 y fi n10 de la DAP, la copia del Anexo N° 1 del Acta de Fin de la DAP y los registros audiovisuales de entrevistas y recorridos virtuales realizados durante la actividad referida. El 3 de octubre de 2022, mediante O fi cio N° 018- 2021/EPG GERENS-SG 11, la Escuela remitió información requerida en el Anexo N° 1 del Acta de fi n de la DAP. Asimismo, adjuntó el O fi cio N° 017-2021/EPG GERENS- SG12, a través del cual, la Escuela solicitó la recti fi cación del error material contenido en el Tabla N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 063-2020-SUNEDU/ CD, al haberse incurrido en error material al consignar la denominación del grado académico del programa de Maestría en Administración de Negocios – MBA. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 138-2022-SUNEDU/CD del 16 de diciembre de 2022, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó la modi fi cación de diversos Reglamentos y estableció medidas de adecuación y simpli fi cación administrativa aplicables a los procedimientos de licenciamiento. Al respecto, se modi fi caron los artículos 26, 31 y 46 del Reglamento de Licenciamiento, el artículo 15 del Reglamento del procedimiento de licenciamiento para universidades nuevas 13, el artículo 4 de las Disposiciones para la prestación del servicio educativo superior universitario bajo las modalidades semipresencial y a distancia; y, se incorporó el artículo 29-A, la Décima primera, Décima segunda y Décima tercera Disposiciones Complementarias Finales, y los artículos 5, 6 y 7 al Reglamento de Licenciamiento. El 6 de enero de 2023, mediante O fi cio N° 003-2023-SUNEDU-02-12 se remitió la Resolución de Trámite N° 8 del 5 de enero de 2023, a través de la cual se resolvió dar por concluido el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional en el extremo de la pretensión referida al cambio de modalidad de dos (2) programas de estudios y continuar con el extremo referido a la solicitud de recti fi cación del error contenido en la Resolución de Consejo Directivo N° 063-2020-SUNEDU/ CD del 1 de julio de 2020. Toda vez que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución del Consejo Directivo N° 138-2022-SUNEDU/CD, los procedimientos en trámite se rigen por la normativa vigente al momento del inicio del procedimiento en lo que resulte más favorable 14. Mediante Informe N° 0011-2022-SUNEDU-02-12 del 10 de enero de 2023, la Dilic informó al Consejo Directivo sobre la pertinencia de efectuar la recti fi cación del error material incurrido en la denominación del grado académico que otorga un (1) programa de estudios de posgrado, recogido en la Tabla N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 063-2020-SUNEDU/CD. 2. Sobre la recti fi cación de la Tabla N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 063-2020-SUNEDU/CD. El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 15, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. En el marco del procedimiento de modi fi cación de licencia institucional, la Escuela presentó el Modelo educativo del programa de estudios de la Maestría en Administración de Negocios - MBA 16; en donde se consignó como denominación del grado académico el de “Maestro en Administración de Negocios - MBA ”. No obstante, en los Formatos de licenciamiento A4 presentado 17, la Escuela, de manera errónea, consignó como denominación del grado académico la de “ Maestro en Administración de Empresas ”, la cual fue recogida en la Resolución del Consejo Directivo N° 063-2020-SUNEDU/CD del 1 de julio de 2020. Mediante O fi cio N° 017-2021/EPG GERENS-SG 18, la Escuela solicitó la recti fi cación del error material contenido en la Resolución del Consejo Directivo N° 063-2020-SUNEDU/CD, al haberse consignado la denominación del grado académico de “ Maestro en Administración de Empresas ” del programa de Maestría en Administración de Negocios – MBA. En ese sentido, en atención a la solicitud de recti fi cación presentada por la Escuela y, de la revisión de los medios de veri fi cación contenidos en el expediente de modi fi cación de licencia institucional, corresponde efectuar la recti fi cación del error material incurrido en la denominación del grado académico del programa de estudios de Maestría en Administración de Negocios – MBA (P02), consignado en la Tabla N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 063-2020-SUNEDU/CD, conforme se detalla a continuación: DICE: TABLA 1. PROGRAMA NUEVO DE MAESTRÍA N° Denominación del programaGrado académico que otorgaCódigo de local 1Maestría en Administración de Negocios - MBAMaestro en Administración de EmpresasSL01 DEBE DECIR: TABLA 1. PROGRAMA NUEVO DE MAESTRÍA N° Denominación del programaGrado académico que otorgaCódigo de local 1Maestría en Administración de Negocios - MBAMaestro en Administración de Negocios - MBASL01 En virtud de lo expuesto y estando conforme a lo dispuesto en el artículo 13, el numeral 15.1 del artículo