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29 NORMAS LEGALES Viernes 20 de enero de 2023 El Peruano / ANEXO No CUODE Subpartida Arancelaria Descripción 810MÁQUINAS Y APARATOS DE OFICINA, SERVICIO Y CIENTÍFICOS 1 810 8423 89 10 00APARATOS E INSTRUMENTOS PARA PESAR, CON CAPACIDAD SUPERIOR A 5000 KG, DE PESAR VEHICULOS, 820 HERRAMIENTAS 2 820 8424 90 10 00 ASPERSORES Y GOTEROS, PARA SISTEMAS DE RIEGO Y SUS PARTES 840 MAQUINARIA INDUSTRIAL 3 840 8426 12 10 00 PORTICOS MOVILES SOBRE NEUMATICOS 4 840 8426 30 00 00 GRUAS DE PORTICO 5 840 8427 20 00 00CARRETILLAS APILADORAS, DE MANIPULACION CON DISPOSITIVO DE ELEVACIÓN INCORPORADO, AUTOPROPULSADAS, EXCEPTO CON MOTOR ELECTRICO 6 840 8479 89 90 00LAS DEMÁS MÁQUINAS Y APARATOS MECÁNICOS CON FUNCIÓN PROPIA, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍTULO. 920 EQUIPO RODANTE DE TRANSPORTE 7 920 8701 21 00 00TRACTORES DE CARRETERA PARA SEMIRREMOLQUES, ÚNICAMENTE CON MOTOR DE ÉMBOLO (PISTÓN), DE ENCENDIDO POR COMPRESIÓN (DIÉSEL O SEMI-DIÉSEL) 8 920 8704 21 10 10CAMIONETAS PICK-UP ENSAMBLADAS, CON MOTOR DE ÉMBOLO (PISTÓN) DE ENCENDIDO POR COMPRESIÓN (DIESEL O SEMI-DIESEL), DE PESO TOTAL CON CARGA MÁXIMA INFERIOR O IGUAL A 4,537 T 9 920 8704 22 10 00VEHÍCULOS AUTOMÓVILES PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS, CON MOTOR DE ÉMBOLO (PISTÓN) DE ENCENDIDO POR COMPRESIÓN (DIESEL O SEMI-DIESEL), DE PESO TOTAL CON CARGA MÁXIMA SUPERIOR A 5T, PERO INFERIOR O IGUAL A 6,2 T 10 920 8704 22 90 00VEHÍCULOS AUTOMÓVILES PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS, CON MOTOR DE ÉMBOLO (PISTÓN) DE ENCENDIDO POR COMPRESIÓN (DIESEL O SEMI-DIESEL), DE PESO TOTAL CON CARGA MÁXIMA SUPERIOR A 9,3 T, PERO INFERIOR O IGUAL A 20 T 11 920 8705 90 90 00VEHICULOS AUTOMOVILES PARA USOS ESPECIALES, EXCEPTO LOS COMPRENDIDOS EN LAS SUBPARTIDAS 8705.10.00 A 8705.90.20.00 12 920 8905 90 00 00BARCOS FARO, BARCOS BOMBA, PONTONES GRÚA Y DEMÁS BARCOS EN LOS QUE LA NAVEGACIÓN SEA ACCESORIA EN RELACIÓN CON LA FUNCIÓN PRINCIPAL, Y DIQUES FLOTANTES. 2144678-1 Rectifican error material incurrido en artículos de la R.D. N° 0011-2023-MTC.21, sobre designación de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de PROVÍAS DESCENTRALIZADO RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0013-2023-MTC/21 Lima, 18 de enero de 2023 CONSIDERANDO:Que, el Decreto Supremo N° 029-2006-MTC dispuso la fusión por absorción del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVÍAS DEPARTAMENTAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVÍAS RURAL, correspondiéndole a este último la calidad de entidad incorporante, resultando de dicha fusión la Unidad Ejecutora denominada Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 098-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba la cali fi cación y relación de los Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo, se actualiza la cali fi cación; entre otros, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, califi cándolo desde el punto de vista organizacional, como un programa, bajo dependencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin afectar sus funciones, continuidad de sus actividades, identidad organizacional, denominación, ni las obligaciones o derechos que tuviera; Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, aprobado por la Resolución Ministerial N° 897-2021-MTC/01.02, establece que PROVÍAS DESCENTRALIZADO tiene por fi nalidad desarrollar actividades de preparación, gestión, administración, y de ser el caso la ejecución de proyectos y programas de inversión para el incremento de la dotación de infraestructura y la mejora de la transitabilidad de la infraestructura de transporte departamental y vecinal o rural, así como el fortalecimiento de capacidades institucionales para la gestión descentralizada; Que, con Resolución Directoral N° 0011-2023-MTC/01 publicada con fecha 18 de enero de 2023 se aprobó lo siguiente: “Artículo 1.- Designar, a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, al ingeniero ELIAS ÓSCAR BLAS TANTA, en el cargo de Jefe de la O fi cina de Tecnologías de la Información del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado-PROVÍAS DESCENTRALIZADO, cargo considerado de con fi anza “ “Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Recursos Humanos noti fi que la presente Resolución al ingeniero ELIAS ÓSCAR BLAS TANTA así como a los Órganos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO y a la Ofi cina de Control Institucional, para su conocimiento y fi nes pertinentes.” (Lo resaltado es nuestro.) Que, se advierte que en el Artículo 1 y 2 de la precitada resolución se incurrió en error material, en la medida que