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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2023 (20/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 20 de enero de 2023 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Aprueban nueva versión del formato de “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU y la Municipalidad Distrital de [*] para la fiscalización del servicio público de transporte terrestre de personas” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 011-2023-ATU/PE Lima, 19 de enero de 2023 VISTOS:El Informe N° D-000052-2023-ATU/DFS-SF de la Subdirección de Fiscalización de la Dirección de Fiscalización y Sanción; el Memorando N° D -000075-2023-ATU/DFS de la Dirección de Fiscalización y Sanción; el Informe N° D-000010-2023-ATU/GG-OPP-UPO de la Unidad de Planeamiento y Organización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; la Nota N° D-000011-2023-ATU/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° D-000014-2023/GG-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, teniendo como objetivo organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao; Que, el literal l) del artículo 6 de la Ley N° 30900 establece, entre las funciones de la ATU, la de celebrar convenios interinstitucionales para el cumplimiento de sus objetivos; Que, por su parte el literal p) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y funciones de la ATU, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2019-MTC, contempla, dentro de las funciones de la Presidencia Ejecutiva de la ATU, el suscribir convenios con personas jurídicas nacionales o internacionales, para promover el desarrollo del Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, dentro del marco normativo vigente; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 067-2019-ATU/PE, se aprobó el formato del convenio de cooperación interinstitucional entre la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y las municipalidades distritales comprendidas en su jurisdicción; Que, posterior a ello, la ATU, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 192-2020- ATU/PE, aprueba la Directiva N° D-003-2020-ATU/GG-OPP-UPO, Versión V01, “Directiva para Elaboración, suscripción, seguimiento y evaluación de los convenios de colaboración interinstitucional en la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU”;Que, a través de los documentos de vistos, la Dirección de Fiscalización y Sanción, a través de la Subdirección de Fiscalización, sustenta técnicamente la necesidad de aprobar una nueva versión del formato del convenio de cooperación interinstitucional entre la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y las municipalidades distritales comprendidas en su jurisdicción, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 067-2019-ATU/PE; Que, se veri fi ca que la propuesta de aprobación de una nueva versión del formato del “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU y la Municipalidad Distrital de [*] para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas” ha sido elaborada conforme al marco normativo de la materia que le resulta aplicable, cumpliendo con la estructura y demás presupuestos establecidos en la Directiva D-003-2020-ATU/GG-OPP-UPO “Directiva para elaboración, suscripción, seguimiento y evaluación de los convenios de colaboración interinstitucional en la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 192-2020- ATU/PE”; contando con los informes técnicos y legales favorables correspondientes, emitidos por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, los literales j) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobada por Decreto Supremo N° 003-2019-MTC, establecen que son funciones de la Presidencia Ejecutiva, aprobar y, por ende, modi fi car las normas de la competencia de la ATU y emitir resoluciones en los asuntos de su competencia; Contando con el visado de la Dirección de Fiscalización y Sanción, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU; la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 003-2019- MTC; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y, la Directiva N° D-003-2020- ATU/GG-OPP-UPO, Versión V01, “Directiva para Elaboración, suscripción, seguimiento y evaluación de los convenios de colaboración interinstitucional en la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 192-2020-ATU/PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la nueva versión del formato de “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU y la Municipalidad Distrital de [*] para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas”, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 67-2019-ATU/PE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y de su anexo en la Sede Digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU (www.atu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 2144532-1 PUBLICACIÓN VIRTUAL DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES