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44 NORMAS LEGALES Viernes 20 de enero de 2023 El Peruano / 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, y su modi fi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; el artículo 14 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y sus modi fi catorias; y según lo acordado en la Sesión del Consejo Directivo N° 003-2023. SE RESUELVE: Primero.- ACEPTAR el pedido de recti fi cación solicitado por la Escuela de Postgrado Gerens S.A., en relación con la denominación del grado académico que otorga el programa de estudios de Maestría en Administración de Negocios -MBA, consignado en la Tabla N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 063-2020-SUNEDU/CD, que modi fi có la licencia institucional a la Escuela y, en consecuencia, RECTIFICAR el error material incurrido en la misma, conforme al siguiente detalle: TABLA 1. PROGRAMA NUEVO DE MAESTRÍA N° Denominación del programaGrado académico que otorgaCódigo de local 1Maestría en Administración de Negocios - MBAMaestro en Administración de Negocios - MBASL01 Segundo.- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fi nes correspondientes. Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a la Escuela de Postgrado Gerens S.A., encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSWALDO DELFÍN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 2 de julio de 2022. 2 Ingresado mediante RTD N° 051580-2022-SUNEDU-TD del 3 de octubre de 2022. Cabe precisar que, por error en la numeración del documento presentado, se consignó “2021”, debiendo señalar “2022” al haber sido emitido el 3 de octubre de 2022. 3 La Resolución del Consejo Directivo (en adelante, RCD) que otorgó el licenciamiento institucional a la Escuela fue materia de modi fi cación a través de la RCD N° 063-2020-SUNEDU/CD del 1 de julio de 2020 y publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 2 de julio de 2020. 4 Anexo N° 2 Formato de Solicitud de Modi fi cación de Licencia Institucional, ingresado mediante RTD N° 037425-2022-SUNEDU-TD. 5 Los programas son: i) Maestría en Administración de Negocios - MBA en modalidad semipresencial, ii) Maestría en Gestión Minera en modalidad semipresencial, y; iii) Maestría en Gestión minera en modalidad a distancia. 6 Ingresado mediante RTD N° 041226-2022-SUNEDU-TD 7 Cambio de modalidad referido a los programas de: i) Maestría en Administración de Negocios- MBA en modalidad semipresencial, ii) Maestría en Gestión Minera en modalidad semipresencial, y; iii) Maestría en Gestión minera en modalidad a distancia. 8 Ingresado con RTD N° 045233-2022-SUNEDU-TD 9 Suscrita el 27 de septiembre de 2022. 10 Suscrita el 28 de septiembre de 2022. 11 Ingresado con RTD N° 051580-2022-SUNEDU-TD. Cabe precisar que, por error en la numeración del documento presentado, se consignó “2021”, debiendo señalar “2022” al haber sido emitido el 4 de octubre de 2022.12 Ingresado con RTD N° 051580-2022-SUNEDU-TD. Cabe precisar que, por error en la numeración del documento presentado, se consignó “2021”, debiendo señalar “2022” al haber sido emitido el 4 de octubre de 2022. 13 Resolución del Consejo Directivo N° 043-2020-SUNEDU/CD del 25 de mayo de 2020. 14 El artículo 6 del Reglamento de Licenciamiento establece que la evaluación de las solicitudes de licenciamiento institucional, modi fi cación de licencia y licenciamiento de programas priorizados que se encuentren en trámite se rigen por la normativa vigente al momento del inicio del procedimiento en lo que resulte más favorable. 15 Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. (…) Artículo 212.- Recti fi cación de errores (…) 212.1 Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. (…) 16 Ingresado con RTD N° 007218-2020-SUNEDU-TD del 10 de febrero de 2020. 17 Ingresado con RTD N° 007218-2020-SUNEDU-TD del 10 de febrero de 2020. 18 Ingresado con RTD N° 051580-2022-SUNEDU-TD del 3 de octubre de 2022. 2144373-1 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje de Coordinadora Jurisdiccional de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones a Ecuador, en comisión de servicios Presidencia RESOLUCIÓN N° 006-2023-P/JNE Lima, 16 de enero de 2023VISTOS, la invitación, de fecha 16 de diciembre de 2022, del Consejo Nacional Electoral de la República del Ecuador, y el Informe N° 000008-2023-BCR-DGNAJ/JNE, de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos. CONSIDERANDO: Que, a través de la invitación, de fecha 16 de diciembre de 2022, el Consejo Nacional Electoral de la República del Ecuador cursa invitación al señor Presidente del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, JNE), para que participe en calidad de Observador Electoral Internacional en las “Elecciones Seccionales y Elección de Consejeras y Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social 2023”, a realizarse el día 5 de febrero de 2023, en Ecuador. Que, mediante O fi cio N° 005-2023-P-JNE, de fecha 5 de enero de 2023, el señor Presidente del JNE comunica la participación de la servidora Flor de María Bazán Ramos, Coordinadora Jurisdiccional de la Presidencia del JNE (en adelante, servidora). Que, por Memorando N° 000005-2023-OCRI/JNE, de fecha 10 de enero de 2023, la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales informa a la Dirección Central de Gestión Institucional, que la invitación cursada no cubre el gasto de la póliza de seguro de viaje internacional que cubra COVID-19. Que, de acuerdo a lo informado por la unidad orgánica de Logística, el costo del seguro de viaje internacional asciende a USD$ 122.00 (ciento veintidós dólares americanos), desagregado en USD$ 72.00 (setenta y dos