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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (15/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de febrero de 2023 El Peruano / Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (https://www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO GONZÁLES-ZÚÑIGA GUZMÁN Director EjecutivoServicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ANEXO FORMATO PARA EL INGRESO DE COMENTARIOS Y/O APORTES A LOS “LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS REGISTROS GENEALÓGICOS DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA SILVESTRE” Número de identi fi cación (asignado por el SERFOR) Nombres y apellidos completosN° de Documento de Identidad Institución u organización a la que representaTeléfonoCorreo electrónico Especi fi car el tema o numeral de la propuestaComentario y/o Aporte Sustento Técnico y/o legal del Comentario y/o Aporte 2151500-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Decreto Supremo que aprueba disposiciones complementarias para la implementación de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS, en el marco de la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 DECRETO SUPREMO Nº 001-2023-MIDIS LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, como entidad competente para formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, el artículo 18 de la Ley Nº 29792 establece que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social articula y coordina entre niveles de gobierno y con otros organismos del Poder Ejecutivo para la implementación de las políticas nacionales y sectoriales objeto de su rectoría, así como para la evaluación de su cumplimiento; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MIDIS se aprobó la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS), donde se ha de fi nido un conjunto de resultados e intervenciones que contribuirán a mejorar la calidad de vida de las poblaciones de las comunidades nativas de la Amazonía, acercando los servicios del Estado; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1197, Decreto Legislativo que aprueba la Transferencia para la operación, mantenimiento y ejecución de los Proyectos de Inversión Pública - Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS), establece que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social tendrá a su cargo la coordinación de las intervenciones, en el marco de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad dirigida al desarrollo y protección de los pueblos indígenas con énfasis en la Amazonía, para lo cual podrá dictar las disposiciones que sean necesarias en el marco de dicha coordinación; Que, la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispuso la asignación de recursos hasta por la suma de S/ 36 969 647,00 (TREINTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ministerio de Defensa, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Cultura, Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, Gobierno Regional del Departamento de Loreto, Gobierno Regional del Departamento de Puno y Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, exclusivamente, para fi nanciar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad - EASS la cual incluye, entre otras intervenciones, la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social – PIAS, recursos que no pueden ser destinados, bajo responsabilidad del titular de la entidad, a fi nes distintos; Que, dicha disposición complementaria fi nal establece adicionalmente que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social queda facultado a fi nanciar las acciones de coordinación de dicha estrategia y las que correspondan a la operación de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS; precisando además que, mediante decreto supremo se aprobarán las disposiciones complementarias para su aplicación, las mismas que incluyen las acciones que deben realizar el Ministerio de Defensa, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Cultura, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, el Gobierno Regional del Departamento de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali en el marco de la citada norma legal; Que, mediante O fi cio N° D000757-2022-MIDIS/ PNPAIS-DE y el O fi cio Nº D000048-2023-MIDIS/PNPAIS- DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS remitió el Informe Nº D000018-2023-MIDIS-PNPAIS-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, el Informe Nº D000018-2023-MIDIS/PNPAIS-UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y el Memorando N° D000023-2023-MIDIS/PNPAIS-UAGS de la Unidad de Articulación y Gestión de Servicios de dicho programa, señalando y sustentando las disposiciones complementarias para la implementación de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye, entre otras intervenciones, la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social – PIAS, en el marco de la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, incluyendo las acciones que deben cumplir el Ministerio de Defensa, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Cultura, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, el Gobierno Regional del Departamento de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali; Que, asimismo, el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, mediante el Memorando N° D000017-2023-MIDIS-VMPS, otorga la conformidad para establecer las disposiciones complementarias para implementar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social – PIAS, en base al Informe N° D00009-2023-MIDIS-DGDPAS de